Sentencia nº 485-2016 de Sala de Lo Contencioso Administrativo, Corte Suprema de Justicia, 25 de Enero de 2017

Fecha de Resolución25 de Enero de 2017
EmisorSala de Lo Contencioso Administrativo
Número de Sentencia485-2016
Sentido del FalloDESISTIMIENTO
Tipo de ResoluciónInterlocutorias - Desistimientos

485-2016

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, catorce horas con diez minutos del día veinticinco de enero de dos mil diecisiete.

Por resolución de folios 47-48, se previno al señor J.F.A.S.M., por medio de su apoderado general judicial, licenciado D.A.Z.G. que, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación, cumpliera los requisitos de admisibilidad de la demanda presentada el veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis, bajo los siguientes términos:

  1. manifestara claramente el acto o actos administrativos que pretendía impugnar, indicando una síntesis del contenido de los mismos, sus respectivas fechas de emisión y notificación, así como la autoridad o funcionario que emitió cada acto;

  2. señalara los derechos que le habían sido violados con el acto o actos que pretendía impugnar y explicara la manera en que los mismos habían sido vulnerados por la autoridad demandada;

  3. manifestara, en caso de existir, el tercero, a quien beneficiaban los actos que pretendía impugnar, y sus generales.

Dicha prevención, fundada en los artículos 10 letras c), ch) y g) y 15 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA), fue debidamente notificada al señor J.F.A.S.M. el trece de diciembre de dos mil dieciséis, tal como consta en el acta de notificación de folio 49. Sin embargo, el plazo concedido para corregir las deficiencias señaladas ha concluido, sin que hayan sido subsanadas; por lo que, de conformidad con el inciso 1° del artículo 15 de la LJCA, debe declararse inadmisible la demanda.

Por lo antes expuesto, con fundamento en el inciso 1° del artículo 15 de la LJCA, esta Sala

RESUELVE:

Declarar inadmisible la demanda interpuesta, por el señor J.F.A.S., por medio de su apoderado general judicial, licenciado D.A.Z.G.M. el veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis.

N..-

PRONUNCIADO POR LAS SEÑORAS MAGISTRADAS Y EL SEÑOR MAGISTRADO QUE LO SUSCRIBEN.-------J.R.V.------ SRIO.----------RUBRICADAS.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR