Sentencia nº 634-REC-2016 de Cámara Especializada de lo Penal, Cámaras de Apelaciones, 9 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Especializada de lo Penal
Número de Sentencia634-REC-2016
Sentido del FalloSin lugar la revocatoria
Tipo de ResoluciónInterlocutorias - Sin Lugar
Tribunal de OrigenCámara Especializada de lo Penal

CÁMARA ESPECIALIZADA DE LO PENAL ; San Salvador , a las diez horas con cuarenta y cuatro minutos del día nueve de noviembre del año dos mil dieciséis.

Habiendo transcurrido el plazo concedido a la Representación Fiscal, conforme al art. 462 cpp., a fin de que se pronunciara por el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Licenciado JOSE OSMARO BELTRAN, como Defensor Particular, en el proceso penal con ref. 14-B-16-4, instruido en contra de su patrocinado H.N.M.L., a quien se le atribuyen los delitos de “Agrupaciones Ilícitas”, en perjuicio de La Paz Publica; “Trafico de Influencias” en concurso ideal con el delito de “Cohecho Activo”, en perjuicio de La Administración Pública, sin que la misma Fiscalía se pronuncie al respecto.

Es procedente como Cámara resolver el recurso de revocatoria interpuesto, por el referido profesional, en contra de la resolución que Declara No Ha Lugar la Recusación formulada por el Licenciado J.A.S.H., a fin de apartar del conocimiento del presente proceso a la Licenciada T.M.M.A., como Juez de Sentencia Especializada interina “B” de esta ciudad.

1- ADMISIBILIDAD DEL RECURSO.

Para efectos de admisibilidad del recurso, se verifica el cumplimiento de los requisitos objetivos y subjetivos de impugnabilidad regulados en los artículos 452, 453 y 461 del Código Procesal Penal, siendo que la resolución emitida por esta Cámara fue pronunciada en fecha veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, y notificada a la defensa en fecha veintiocho de octubre de este mismo año, es así que el presente recurso fue interpuesto de manera escrita en fecha treinta y uno de octubre del presente año , por lo que bajo el cómputo de los tres días hábiles el mismo fue interpuesto en tiempo por el recurrente, por lo que presentado en tiempo y forma ADMITASE el presente recurso.

2- FUNDAMENTO DEL RECURSO DE REVOCATORIA PRESENTADO.

El Licenciado JOSE OSMARO BELTRAN, fundamenta su recurso en lo siguiente: “…En escrito de recusación presentado ante la señora J. Especializada de Sentencia “B” interina, de esta ciudad…por el anterior Defensor Particular…se expresaba que existían DOS MOTIVOS POR LOS CUALES a criterio de dicho Defensor existían motivos para que se excusara de conocer el proceso respecto de mi defendido HERBER NOE M. L…1) Lo relativo a DOS DENUNCIAS que ese día diecinueve de octubre del corriente año, en horas de la mañana, había

DENUNCIANTE mi defendido y DENUNCIADA la señora J. lo colocaba a él en una situación de desventaja pues al momento de ser juzgado no recibiría un trato justo pues a partir de esos eventos se veía comprometida la imparcialidad objetiva de parte de la señora Jueza. 2) Lo referente a que ese mismo día diecinueve de Octubre tuvo conocimiento la Defensa Particular de mi Defendido, que desde los días LUNES TRES, MARTES CUATRO, MIERCOLES CINCO, LUNES DIECISIETE, Y MARTES DIECIOCHO, del corriente mes, YA SE HABIAN ESCUCHADO EN SU MAYORIA LA GRABACION DE LOS AUDIOS DE LAS INTERVENCIONES TELEFONICAS, que según el AUTO DE APERTURA A JUICIO, en la página 155, se encuentra comprendida dentro de LA PRUEBA DOCUMENTAL REFERIDA A TODA LA INVESTIGACION… lo anterior se advertía por el hecho de que la señora J. ya HABÍA INMEDIADO LA PRUEBA DOCUMENTAL que se relaciona y en ese momento no estuvo presente la defensa, ni el indiciado, pero más...

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