Acuerdo No. 1383.- Creación del Comité Interno y Ampliado dentro del Sistema de Emergencias Médicas

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD, CONSIDERANDO:

  1. Que el Artículo 65 de la Constitución, establece que la salud de los habitantes constituye un bien público, en donde el Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento;

  2. Que de conformidad a los Artículos 40 y 41 numeral 2 del Código de Salud esta Secretaría de Estado, es el organismo encargado de determinar, planificar, ejecutar y dictar las normas pertinentes, así como organizar, coordinar y evaluar la ejecución de las actividades relacionadas con la salud;

  3. Que a través de Decreto 158 del cuatro de septiembre de dos mil trece, publicado en el Diario Oficial número 199, tomo 401 de fecha veinticinco de octubre de ese mismo año, se creó el Sistema de Emergencias Médicas, como el organismo de coordinación interinstitucional e intersectorial, que para el logro de sus objetivos, obliga a la participación de todos los organismos pertenecientes y adscritos al Órgano Ejecutivo, con la rectoría del titular del Ministerio de Salud;

  4. Que se hace necesario conformar los Comités tanto interno como ampliado, cuya finalidad es la de establecer un sistema de mejora continua, que ordene el proceso de monitoreo y evaluación de todos los aspectos concernientes a la atención de las emergencias prehospitalarias.

POR TANTO: en uso de las facultades legales conferidas ACUERDA: Creación

Art. 1 Créase el Comité Interno y Ampliado dentro del Sistema de Emergencias Médicas, siendo éstos responsables de la realización de los procesos de monitoreo y evaluación, relacionada con la atención prehospitalaria que brindan las instituciones que conforman el Sistema de Emergencias Médicas de El Salvador.

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