AUTORÍZASE EL INGRESO EN AGUAS TERRITORIALES DE EL SALVADOR, LA FLOTA DE AMISTAD N° 102, DE LA FUERZA NAVAL DE LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN).

(DECRETO N\260 343) 1

DECRETO Nº 274

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 10 de enero de 2013, el Pleno Legislativo conoció la nota del Viceministro de Relaciones Exteriores de Cooperación para el Desarrollo, Encargado del Despacho, haciendo del conocimiento la nota de la Embajada de la República de China, Taiwán, por medio del cual informa sobre la llegada de la Flota de Amistad Nº 102 compuesta por tres buques de la Fuerza Naval de dicho país, la cual estaría realizando su visita a El Salvador del 8 al 10 de abril del corriente año.

  2. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 131, Ordinal 29º de la Constitución, es competencia de esta Asamblea Legislativa permitir o negar el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República, y el estacionamiento de naves o aeronaves de guerra de otros países, por más tiempo del establecido en los tratados o prácticas internacionales, siendo procedente conceder el permiso solicitado.

POR TANTO,

en uso de la potestad establecida en el Art. 131, ordinal 7º de la Constitución de la República en relación con el Art. 168, ordinal 4º de la misma, y a iniciativa de la Diputada Karina Sosa.

DECRETA:

Art. 1.- Autorízase el ingreso, tránsito y estacionamiento en aguas territoriales salvadoreñas, en el período comprendido del 8 al 10 de abril del corriente año, a la Flota de Amistad No. 102, compuesta por tres buques de combate de la Fuerza Naval de la República de China (Taiwán), los cuales tienen las siguientes características: WU-YI, con un peso total de: 16,939 toneladas, eslora: 162.12 metros, manga: 22 metros, calado: 8.6 metros, tripulación: 429; XI-NING, peso total: 3,750 toneladas, eslora: 124.21 metros, manga: 15.43 metros, calado: 9.63 metros y una tripulación de 200 personas; YUEH-FEI, peso total: 4,104 toneladas, eslora: 138.07 metros, manga: 14.3 metros, y calado: 9.14 metros y una tripulación de 220 personas.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil trece.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,

PRESIDENTE.

ALBERTO...

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