AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE SALUD, ENTREGAR EN DONACIÓN UN INMUEBLE, A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN ANTONIO DEL MONTE, DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

DECRETO N° 959

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Salud, es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Primera Avenida Norte, de la jurisdicción de San Antonio del Monte, Departamento de Sonsonate, de un área de SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PUNTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, (664.9446 MTS2) inscrito a la Matricula UNO CERO CERO NUEVE CINCO NUEVE CINCO CUATROCERO CERO CERO CERO CERO, Asiento DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Occidente, Departamento de Sonsonate.

  2. Que el Concejo Municipal de San Antonio del Monte, solicitó al Ministerio de Salud, la donación del inmueble antes citado, el cual no es de utilidad para la mencionada Secretaría de Estado, pero es importante para el Municipio de San Antonio del Monte, debido a que éste será utilizado en el reordenamiento de dicho Municipio.

  3. Que la mencionada donación, fue autorizada por el Consejo de Ministros en el Punto Nueve. 9º) de la Sesión Número Cuatro, celebrada el día veintiuno de agosto de dos mil catorce.

  4. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 de la Constitución de la República, los bienes raíces de la Hacienda Pública y los de uso público, sólo podrán donarse o darse en usufructo, comodato o...

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