Autorízase Al Ramo De Educación Transferir En Calidad De Donación Un Terreno A La Universidad De El Salvador

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 710

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad al Art. 233 de la Constituci—n de la Repœblica, los bienes de

    la Hacienda Pœblica y los de uso pœblico s—lo podr‡n donarse o darse en usufructo,

    comodato o arrendamiento, con autorizaci—n del îrgano Legislativo, a entidades

    de utilidad general.

  2. Que la Universidad de El Salvador, UES, es una Corporaci—n de Derecho Pœblico

    creada para prestar servicios de educaci—n superior, cuya existencia es reconocida

    por el art’culo 61 de la Constituci—n de la Repœblica y dentro de sus fines est‡

    el de formar profesionales capacitados moral e intelectualmente para desempe–ar

    la funci—n que les corresponde en la sociedad, integrando para ello las funciones

    de docencia, investigaci—n y proyecci—n social, necesitando para tal objeto

    recursos de toda naturaleza, especialmente inmuebles en varios lugares de la

    Repœblica, para la construcci—n de locales adecuados para los fines que persigue.

  3. Que el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educaci—n, es due–o de

    un inmueble de naturaleza rœstica, de la extensi—n superficial de TRECE MIL

    CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS

    CUADRADOS (13,477.87 mts2), ubicado en el lugar llamado Agua Caliente, en

    los suburbios del Barrio San Juan de Dios y segœn nomenclatura actual en final

    Avenida Crescencio Miranda, de la ciudad y departamento de San Vicente,

    inscrito a favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educaci—n,

    al nœmero SESENTA Y CINCO del Libro TRESCIENTOS VEINTISƒIS del Registro

    de la Propiedad Ra’z e Hipotecas de la Segunda Secci—n del Centro, San Vicente,

    trasladada a la Matr’cula Nœmero SIETE CERO CERO CUATRO OCHO CINCO TRES

    OCHO Ð CERO CERO CERO CERO CERO.

  4. Que La Universidad de El Salvador ha solicitado la donaci—n de una porci—n que

    ser‡ desmembrada del inmueble relacionado en el considerando anterior, de una

    extensi—n superficial de DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO

    SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (2,694.65 mts2) lo cual obedece a la

    necesidad que tiene la Facultad Multidisciplinaria Paracentral de la ciudad de San

    Vicente, departamento del mismo nombre, en cuanto a disponer del ‡rea para

    gestionar la cooperaci—n para la construcci—n de una nueva infraestructura, lo

    que permitir’a ampliar la citada Facultad, creando los espacios en aulas y

    laboratorios que son fundamentales para el fortalecimiento de la docencia,

    investigacin y proyeccin...

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