AUTORÍZASE AL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA SUSCRIBIR UN CONTRATO DE PRÉSTAMO CON EL FONDO INTERNACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (FIDA), PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD TERRITORIAL RURAL (AMANECER RURAL)
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 1004
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que el Gobierno de la Repblica, tiene el propsito de contribuir a mejorar las
oportunidades de generacin de ingresos, empleo y garantizar la seguridad
alimentaria de las familias de los pequeos productores rurales, a travs del
aumento y diversificacin de la produccin y del acceso a mercados competitivos.
-
Que para la consecucin de lo antes expuesto, el îrgano Ejecutivo en el Ramo
de Hacienda, ha gestionado ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrcola
(FIDA), el otorgamiento de un prstamo hasta por un monto de ONCE MILLONES
CIENTO CINCUENTA MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG
11,150,000.00), equivalentes aproximadamente a DIECISIETE MILLONES
SETECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE 47/100 DOLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$17,712,889.47), para financiar la
ejecucin del ÒPrograma de Competitividad Territorial Rural (Amanecer Rural)Ó.
-
Que en razn de lo antes expuesto y con base a lo establecido en el Art. 148 de
la Constitucin de la Repblica, es conveniente autorizar al îrgano Ejecutivo en
el Ramo de Hacienda, para que suscriba con el Fondo Internacional de Desarrollo
Agrcola (FIDA), un Convenio de Financiacin para los fines antedichos.
POR TANTO,
en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Presidente de la Repblica, por medio
del Ministro de Hacienda.
DECRETA:
o del funcionario que l designe, suscriba en nombre del Estado y Gobierno de la Repblica de El Salvador,
un Convenio de Financiacin con el Fondo Internacional de Desarrollo Agrcola (FIDA), para financiar el
ÒPrograma de Competitividad Territorial Rural (Amanecer Rural)Ó, prstamo que estar sujeto a las
siguientes condiciones y estipulaciones:
MONTO DEL PRESTAMO: Hasta ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL DERECHOS
ESPECIALES DE GIRO (DEG11,150,000.00), equivalentes
aproximadamente a DIECISIETEÊ MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE 47/100 DOLARES DE LOS
ESTADOS...
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