AUTORIZASE AL ORGANO EJECUTIVO, EN EL RAMO DE RELACIONES EXTERIORES, PARA QUE TRANSFIERA EN CALIDAD DE DONACIÓN AL FISDL, UN INMUEBLE

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 50

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad al Art. 233 de la Constituci—n, los bienes ra’ces de la

    Hacienda Pœblica y los de uso pœblico s—lo podr‡n donarse o darse en usufructo,

    comodato o arrendamiento, con autorizaci—n del îrgano Legislativo, a entidades

    de utilidad general.

  2. Que el Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Relaciones Exteriores,

    es propietario de un inmueble de naturaleza urbana, situado sobre la DŽcima

    Avenida Sur y Calle MŽxico, del Barrio San Jacinto, Municipio y Departamento

    de San Salvador, de una extensi—n superficial de UN MIL CUARENTA Y OCHO

    PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, inscritos con la Matr’cula Nœmero

    SEIS CERO CUATRO TRES CINCO DOS CINCO NUEVE-CERO CERO CERO CERO

    CERO en el Registro de la Propiedad Ra’z e Hipotecas de la Primera Secci—n del

    Centro, en el cual han venido funcionando las oficinas del Fondo de Inversi—n

    Social para el Desarrollo Local de El Salvador, FISDL.

  3. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 610, de fecha 31 de octubre de 1990,

    publicado en el Diario Oficial N¼ 262, Tomo N¼ 309, del 16 de noviembre del

    mismo a–o, se emiti— la Ley de Creaci—n del Fondo de Inversi—n Social de El

    Salvador, la cual en el Art. 4 letra f) dispone que para dar cumplimiento a su

    prop—sito fundamental, el FIS podr‡ aceptar donativos, herencias y legados de

    personas naturales o jur’dicas, nacionales o extranjeras.

  4. Que el Fondo de Inversi—n Social para el Desarrollo Local de El Salvador, ha

    gestionado ante el Estado y Gobierno de El Salvador la donaci—n del Inmueble

    relacionado en el segundo considerando; por lo que el Consejo de Ministros en

    Sesi—n Nœmero DOCE, celebrada el d’a 16 de mayo de 2011, en el PUNTO SIETE.

    1. acord— autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores para que done al Fondo

    de Inversi—n Social para el Desarrollo Local de El Salvador dicho inmueble; por

    lo que es menester emitir las disposiciones pertinentes que posibiliten la

    transferencia de ese inmueble a favor del...

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