Una calculadora para descifrar las etiquetas

Un reportaje de Kennia Velázquez*Ilustraciones de Rocío UrtechoLa muerte empuña dos guadañas en México. Una, la que acapara los titulares de la prensa nacional e internacional, es la guerra contra el crimen organizado, que en 2018 provocó 93 asesinatos diarios. La segunda es silenciosa e invisible, pero mucho más letal. Cada día, la diabetes le quita la vida a 291 mexicanos. El Estado prometió quitarle filo a esta guadaña con la Estrategia para la prevención y el control del sobrepeso, la obesidad y la diabetes, un programa lanzado en 2013 durante la presidencia de Enrique Peña Nieto. Cuando se reclamaban mayores esfuerzos para frenar la amenaza, un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha vuelto a poner en evidencia una tendencia preocupante: los que deciden las políticas públicas prestan más atención a la industria de los alimentos y bebidas que a los especialistas en salud.La sentencia, emitida el 8 de mayo de 2019, se refiere al etiquetado frontal en los alimentos y bebidas envasados, uno de los componentes de la Estrategia. El tribunal ratificó las reglas vigentes en el etiquetado, propuestas por la industria, y anuló el amparo que se había concedido previamente a la asociación civil El Poder del Consumidor. Esta asociación, que forma parte de la Alianza por la Salud Alimentaria, se opone a la forma en que se aplica el etiquetado por considerar que es demasiado confusa y no cumple su propósito de orientar al ciudadano para que tome mejores decisiones. No está sola en su postura. El Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) de México, la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) han lamentado el contenido de la resolución y han advertido que se apoya en errores y falsedades."El hecho de que el sistema normativo que se impugna contemple la obligación de destacar los azúcares totales sobre una base de 360 calorías, y no reflejar los azúcares añadidos, de ningún modo implica una violación al derecho a la salud, y tampoco podría determinarse que no comunica de manera clara a los consumidores el porcentaje calórico de los alimentos o bebidas no alcohólicas preenvasadas", sostuvo el tribunal. En su resolución, aprobada por una mayoría de tres votos contra dos, la Segunda Sala de la Corte señaló además que el actual etiquetado se basa en recomendaciones de la OMS."Desgraciadamente, la evidencia que se ha formulado hasta el momento no respalda las afirmaciones de la Suprema Corte, pues estudios que se han formulado desde el año 2011 han corroborado que el sistema actual es deficiente, incomprensible para la población...

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