Apruébase Carta Modificatoria Suscrita Con El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid), La Cual Permite Convertir Los Saldos Pendientes De Pago Y Las Sumas No Desembolsadas A Tasa Fija, Según Contrato De Préstamo

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 199

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que esta Asamblea Legislativa mediante Decreto Nº 788 de fecha 18 de

    diciembre de 2008, publicado en el Diario Oficial Nº 239, Tomo Nº 381 del 18

    de diciembre de 2008, aprobó en todas sus partes el Contrato de Préstamo

    Nº1782/OC-ES, 2068/BL-ES, 2069/OC-ES y 2070/OC-ES denominado “Programa

    de Apoyo a la Política Social” suscrito el 28 de noviembre de 2008 por un monto

    de QUINIENTOS MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

    AMERICA (US$500,000,000.00).

  2. Que con fecha 14 de enero de 2009 el Directorio Ejecutivo del Banco

    Interamericano de Desarrollo (BID) aprobó una oferta de conversión que permite

    convertir los saldos pendientes de pago y las sumas no desembolsadas de los

    préstamos paralelos con tasa de interés ajustable de la Facilidad Unimonetaria

    del Capital Ordinario (FU-Ajustable), a una tasa fija en dólares de los Estados

    Unidos de América basada en la tasa de interés LIBOR en dólares

    estadounidenses.

  3. Que la propuesta de conversión se encuentra en línea con las mejores prácticas

    en materia de gestión de deuda, con el objeto de disminuir el costo del

    financiamiento aprovechando las oportunidades que existan en el mercado para

    obtener condiciones más favorables, dado que ofrece tasas de interés más

    competitivas basadas en condiciones de mercado y mayor transparencia en el

    costo del financiamiento a diferencia de las tasas contractuales vigentes las cuales

    se basan en el costo promedio ponderado de los empréstitos que obtiene el

    Banco.

  4. Que aprovechando los actuales niveles de las tasas de interés de mercado,

    modificar la tasa de interés del préstamo elegible a una tasa de interés fija

    equivalente en dólares de los Estados Unidos de América no sólo proporcionará

    mayor certidumbre, sino también permitirá reducir la carga financiera en el pago

    futuro de intereses.

  5. Que del total del monto del financiamiento para el “Programa de Apoyo a la

    Política Social” la parte del monto que corresponde al tramo 2068/BL-ES-1 es

    de TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL DOLARES DE LOS

    ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$39,280,000.00), cantidad que será

    beneficiada con la modificación de la tasa de interés.

  6. Que en razón de lo anterior, procede aprobar en todas sus partes, la Carta

    Modificatoria de fecha 11 de junio de 2009, suscrita por el Ministro de Hacienda

    y por la Representante del Banco...

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