Exonérase del pago de impuestos las conferencias que impartirá en el país el artista internacional Eduardo Verástegui, denominada  Valentía y Libertad a favor de las Fundaciones Si a la Vida y  Maternal José y María

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 464

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que las Fundaciones Si a la Vida y Maternal JosŽ y Mar’a, son entidades de

    utilidad pœblicas, apol’ticas, no lucrativas ni religiosas, cuyos objetivos son

    desarrollar programas, proyectos, actividades y acciones, principalmente en las

    ‡reas de reinserci—n de j—venes, mujeres y hombres en riesgo social, de la salud,

    educaci—n, servicios b‡sicos, infraestructura, recreaci—n, turismo, capacitaci—n,

    entre otros.

  2. Que para el logro de sus objetivos, presentar‡n en el pa’s al conferencista

    internacional Eduardo Ver‡stegui, quien impartir‡ las conferencias denominadas

    ÒValent’a y LibertadÓ, a realizarse los d’as s‡bado 11 de septiembre del presente

    a–o, en el anfiteatro del Centro Internacional de Ferias y Convenciones (CIFCO),

    y el lunes 13 de los corrientes, en el Hotel Sheraton Presidente.

  3. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere

    la Constituci—n de la Repœblica, es procedente exonerar del pago de todo tipo

    de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar dichas

    presentaciones.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y Diputados: Carmen Elena

    Calder—n de Escal—n, Mariela Pe–a Pinto, Norma Fidelia Guevara de Ramirios, Rodolfo Antoni Parker, Mario

    Marroqu’n Mej’a y Rafael Eduardo Paz Velis.

    DECRETA:

    Art. 1.- ExonŽrase a las Fundaciones Si a la Vida y Maternal JosŽ y Mar’a, del pago de todo tipo

    de impuestos, incluyendo los municipales, que puedan causar las conferencias que impartir‡ en el pa’s

    el artista internacional Eduardo Ver‡stegui, denominadas ÒValent’a y LibertadÓ, a realizarse los d’as s‡bado

    11 de septiembre del presente a–o, en el anfiteatro del Centro Internacional de Ferias y Convenciones

    (CIFCO), y el lunes 13 de los corrientes, en el Hotel Sheraton Presidente. En cuanto al Impuesto a la

    Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestaci—n de Servicios (IVA), se estar‡ a lo dispuesto en el Art.

    45, literal e) de la Ley que rige dicho impuesto.

    La exenci—n concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deber‡n ejercer los organismos

    fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de las mencionadas Fundaciones, deber‡n presentar

    a esta Asamblea dentro de los 45 d’as posteriores al evento, un informe debidamente auditado sobre los

    ingresos obtenidos y la distribucin de los...

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