RATIFÍCASE CONVENIO MARCO DENOMINADO PROGRAMA SALUD MESOAMÉRICA 2015-EL SALVADOR Y EL CONVENIO INDIVIDUAL DENOMINADO INICIATIVA SALUD MESOAMÉRICA 2015-EL SALVADOR

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 1037

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo, BID, mediante la

    Resolución DE-97/09, de fecha 9 de septiembre de 2009, aprobó la creación del

    Fondo Mesoamericano de Salud, cuyo objetivo es mejorar sustancialmente los

    resultados de salud de las poblaciones más vulnerables y marginadas de la región

    mesoamericana, siendo dicho Banco el administrador del referido Fondo.

  2. Que el Comité de Donantes del Fondo Mesoamericano de Salud, en su reunión

    del mes de julio de 2011, aprobó el financiamiento de la primera de hasta dos

    operaciones del Programa Salud Mesoamericana 2015-El Salvador.

  3. Que en el marco de lo establecido en los Considerandos anteriores, el Órgano

    Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, previo otorgamiento del Acuerdo de Plenos

    Poderes 11/2012 de fecha 4 de enero de 2012, ha suscrito el 10 de enero de

    2012 con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, el Convenio Marco de

    Financiamiento No Reembolsable del Fondo Mesoamericano de Salud,

    denominado “Programa Salud Mesoamérica 2015- El Salvador” y el Convenio

    Individual de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo

    Mesoamericano de Salud GRT/HE-12982-ES, GRT/HE-12983-ES, denominado

    Iniciativa Salud Mesoamérica 2015- El Salvador Primer Proyecto Individual

    , que

    contempla un financiamiento no reembolsable por parte del BID hasta de SEIS

    MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    (US$6,500,000.00), el cual será ejecutado por el Ministerio de Salud.

  4. Que para el desarrollo de la primera operación individual, el Gobierno de la

    República de El Salvador efectuará un aporte local estimado en TRES MILLONES

    DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    (US$3,250,000.00), que el Banco lo reconocerá del gasto que el Ministerio de

    Salud ejecute o comprometa para el primer nivel de atención en los municipios

    del área de influencia del Proyecto, con cargo a las asignaciones del Ministerio

    de Salud en el Presupuesto General del Estado de los años 2011, 2012 y

    subsiguientes dentro del período de desembolsos si fuere necesario.

  5. Que el Convenio Marco de Financiamiento No Reembolsable y el Convenio

    Individual de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo

    Mesoamericano de Salud GRT/HE-12982-ES, GRT/HE-12983-ES, a los que se hace

    referencia en el tercer considerando de este...

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