DECLÁRASE EL 21 DE MARZO DE CADA AÑO, DÍA DE LAS PERSONAS QUE VIVEN CON SINDROME DE DOWN
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO No. 9
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que los artculos 1 y 2 de la Constitucin de la Repblica, reconocen
respectivamente, a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del
Estado, que est organizado para la consecucin de la justicia, de la seguridad
jurdica, y del bien comn; as como el derecho que toda persona tiene a la vida,
integridad fsica y moral, libertad, trabajo, propiedad y posesin, y a ser protegida
en la conservacin y defensa de los mismos.
-
Que asimismo el artculo 131, ordinal 11, de dicha Constitucin, establece que
es facultad de esta Asamblea Legislativa, decretar, de una manera general,
beneficios e incentivos fiscales o de cualquier naturaleza, para la promocin de
actividades culturales, cientficas y de cualquier otra ndole.
-
Que la Organizacin de las Naciones Unidas, en resolucin 66/149, emitida el
19 de diciembre de 2011, estableci como ÒDa Mundial del Sndrome de DownÓ,
el 21 de marzo de cada ao, a partir del ao 2012, invitando a los Estados
miembros, entre otros, a que observaran dicha declaratoria con miras a aumentar
la conciencia pblica sobre esta condicin, alentando a que se establezcan las
medidas pertinentes, para que toda la sociedad, especialmente a nivel familiar,
adoptaren las debidas consideraciones respecto de las personas con Sndrome
de Down.
-
Que dicha declaratoria, se origina por la necesidad de crear conciencia y
comprensin, que el sndrome de Down es una combinacin cromosmica natural,
que siempre ha formado parte de la condicin humana, con una tasa de natalidad
de 1 por cada 700 nacimientos, por lo cual se debe garantizar y promover la
plena realizacin de estas personas, cuya condicin tiene efectos variables en
los estilos de aprendizaje, las caractersticas fsicas o la salud.
-
Que en nuestro pas, las personas con Sndrome de Down representan un
porcentaje significativo de la poblacin salvadorea, por lo que es necesario
realizar acciones en su beneficio, con el propsito de garantizarles una existencia
digna y justa, siendo procedente declarar el 21 de marzo de cada ao, ÒDa
Nacional de las Personas que Viven con Sndrome de DownÓ.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de las Diputadas y los Diputados: Rodrigo
Samayoa Rivas, Reynaldo Antonio Lpez Cardoza, Marta Lorena Araujo, Daro Alejandro Chicas Argueta,
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