DECLÁRASE NOBLE AMIGA DE EL SALVADOR, A LA DOCTORA RIGOBERTA MENCHÚ TUM

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO No. 77

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el Art’culo 131, ordinal 22? de la Constituci—n de la

    Repœblica, es facultad de este îrgano de Estado conceder a personas o

    poblaciones, t’tulos, distinciones honor’ficas y gratificaciones compatibles con

    la forma de gobierno establecida, por servicios relevantes prestados a la Patria.

  2. Que la Ley de Distinciones Honor’ficas, Gratificaciones y T’tulos, en su Art’culo

    6 literal "b" establece que se otorgar‡n las distinciones de "Noble Amigo de El

    Salvador", cuando, trat‡ndose de personas extranjeras, los hechos que se

    pretendan galardonar constituyan un beneficio para el Estado de El Salvador o

    para la poblaci—n salvadore–a.

  3. Que la Doctora Rigoberta Menchœ Tum, Premio Nobel de la Paz, es una lideresa

    centroamericana maya-quichŽ, fŽrrea defensora de los derechos humanos,

    particularmente de los derechos de las mujeres y de los pueblos originarios, tanto

    dentro de su pa’s como a nivel internacional, e incluso es fundadora de la

    instancia internacional "Iniciativa Ind’gena por la Paz", que busca contribuir, con

    especial atenci—n a la protecci—n de los derechos de los Pueblos Ind’genas en

    todas partes del mundo, incluyendo a El Salvador y CentroamŽrica.

  4. Que a travŽs de su participaci—n en visitas y foros en El Salvador y a nivel

    internacional, la Doctora Menchœ ha abogado por la resoluci—n pac’fica de

    controversias que afectan a nuestros pueblos, as’ como por la construcci—n de

    instrumentos jur’dicos y mecanismos tendientes a asegurar los derechos de

    grupos menos favorecidos, a fin de garantizar que mujeres y pueblos ind’genas

    sean incluidos sin distinci—n alguna, en la vida social, econ—mica y pol’tica de

    nuestro pa’s. Trabajo que ha abonado a la justicia y cohesi—n social.

  5. Que la Doctora Menchœ ha realizado un aporte en la promoci—n de la Integraci—n

    Regional, al considerarla como una necesidad para resolver los problemas

    comunes y buscar un desarrollo en conjunto. Lo que viene a aportar a la

    bœsqueda por la integraci—n de nuestro pa’s con otras repœblicas americanas,

    de conformidad a lo establecido en el art’culo 89 de nuestra Constituci—n.

  6. Que el desempe–o del trabajo de la Doctora Menchœ le ha permitido ser

    reconocida como embajadora de Buena Voluntad de la Organizaci—n de Naciones

    Unidas para la Educaci—n, Ciencia y Cultura (UNESCO por sus siglas en inglŽs)

    ...

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