Decreto No. 190.- Modificaciones a la ley de presupuesto vigente

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 878, de fecha 5 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial N° 9, Tomo 418, del 15 de enero del mismo año, se aprobó la Ley de Presupuesto General del Estado para el ejercicio financiero fiscal 2018, por un valor de CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y CINCO 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$5,467,494,085.00).

  2. Que debido a la aplicación de medidas fiscales para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras; así como a la eficiencia administrativa en la recaudación fiscal, se ha determinado que el monto recaudado en diferentes fuentes de ingresos corrientes refleja excedentes con relación a las estimaciones programadas a esta fecha, hasta por un monto de US$52,908,171.

  3. Que actualmente se requiere dar cobertura presupuestaria a una necesidad urgente y prioritaria en el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) por un monto de UN MILLON QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$1,500,000.00), con el propósito de financiar la gratuidad en la renovación de los Documentos Únicos de Identidad (DUI's) vencidos, a las personas de escasos recursos y que no tienen la capacidad financiera para pagar el costo de la renovación de dicho Documento; Así mismo se requiere dar cobertura presupuestaria a necesidades urgentes e impostergables que han surgido durante la ejecución del presente ejercicio fiscal, tales como: US$2,508,325.00 para el ramo de Relaciones Exteriores, de cuyo monto US$2,208,325.00 servirá para cubrir déficit en bienes y servicios del servicio exterior del último trimestre del año, y US$300,000 para dar apoyo logístico a la persona migrante; US$1,482,890.00 para el ramo de Gobernación y Desarrollo Territorial, para cubrir déficit en bienes y servicios del cuarto trimestre del año; totalizando un monto de US$5,491,215.00

  4. Que a efecto de que las Instituciones puedan utilizar dichos recursos, se requiere modificar la Ley de Presupuesto vigente en la parte correspondiente a los Ingresos y Egresos, con Fuente de Financiamiento del Fondo General, en los términos siguientes: en la Sección — A, Presupuesto General del Estado, Apartado II - INGRESOS, se aumenta el Rubro 11 Impuestos con la cantidad de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS QUINCE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE...

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