Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria para el pago de tasas con dispensa de multas e intereses moratorios a favor del municipio de San José Villanueva

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ VILLANUEVA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD

CONSIDERANDO:

  1. Que conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal de la Constitución de la República de El Salvador, artículos 3 y 5, Artículo 30 numerales 4 y 32 del Código Municipal, establece que los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

  2. Que resulta imperante que el Gobierno Municipal de San José Villanueva, departamento de La Libertad, opte por un mecanismo legal que permita la recuperación efectiva sus ingresos mediante un cobro eficaz de las tasas municipales y contribuciones especiales, de conformidad a los instrumentos jurídicos correspondientes, con el fin de mantener la prestación de servicios, el bienestar social y la seguridad económica de los habitantes.

  3. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva a los contribuyentes una verdadera cultura de pago de tributos con la finalidad de evitar la mora y la multa en el pago de éstos y que generen acciones jurisdiccionales en contra de los contribuyentes.

  4. Que, con el propósito de facilitar el pago de mora tributaria del municipio, es conveniente crear un instrumento jurídico con carácter transitorio que estimule a los contribuyentes el pago de las deudas tributarias municipales.

POR TANTO:

El Concejo Municipal de San José Villanueva, en uso de sus facultades legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE INTERESES PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JOSÉ VILLANUEVA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

Definiciones

Art. 1 Para efectos legales de la presente Ordenanza se establecen las siguientes definiciones:
  1. TRIBUTO MUNICIPAL: Son las prestaciones, generalmente en dinero, que los municipios en el ejercicio de su potestad tributaria exigen a los contribuyentes o responsables, en virtud de normativa infra constitucional, para el cumplimiento de sus fines.

  2. TASAS MUNICIPALES: Los tributos que se generan en ocasión de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica prestados por los municipios.

  3. CONTRIBUCIÓN ESPECIAL: Se caracteriza porque el contribuyente recibe real o presuntamente, un beneficio especial, derivado de la ejecución de obras públicas...

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