Decreto No. 2.- Ordenanza transitoria de dispensa del pago de intereses y multas deducidas por la mora en el pago de tasas e impuestos en el municipio de San Simón

EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA DE SAN SIMON, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

CONSIDERANDO:

I) Que en el artículo Nº 203 de la Constitución de la República otorga autonomía a los municipios en lo económico, técnico y en lo administrado en asuntos de su competencia correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que ejerce a través de sus Ordenanzas con cargo de ley, conforme lo establece el artículo Nº 204 de la referida carta magna.

II) Que la situación económica nacional en los últimos años, ha disminuido la capacidad adquisitiva de los habitantes del país y particularmente de la Villa de San Simón, quienes por tal situación se han convertido en sujetos morosos en el pago de sus tributos municipales.

III) Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Villa de San Simón, departamento de Morazán, busque un mecanismo legal que permita incrementar sus ingresos mediante un cobro eficaz de las tasas e impuestos municipales, de conformidad a los instrumentos jurídicos correspondientes, con el fin de mantener la prestación de servicios, el bienestar social y la seguridad económica de los habitantes.

IV) Que es necesario que el gobierno municipal promueva a los contribuyentes una verdadera cultura de pago de tributos con la finalidad de evitar la mora y la multa en el pago de los mismos y que generen acciones jurisdiccionales en contra de los contribuyentes.

V) Que con el propósito de facilitar el pago de mora tributaria del municipio, es conveniente crear un instrumento jurídico con carácter transitorio que estimule a los...

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