Decreto No. 2.- Reforma al Reglamento para la operación, mantenimiento y administración del servicio de agua potable proporcionado por la Municipalidad de Nombre de Jesús, departamento de Chalatenango

EL CONCEJO MUNICIPAL DE NOMBRE DE JESÚS, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Municipal Número dos publicado en el Diario Oficial N° 202, Tomo N° 393, de fecha 28 de octubre de 2011, se publicó el Reglamento para la Operación, Mantenimiento y Administración del Servicio de Agua Potable.

  2. Que dicho Reglamento para la Operación, Mantenimiento y Administración del Servicio de Agua Potable proporcionado por la Municipalidad de Nombre de Jesús en el departamento de Chalatenango, ya no está acorde a la realidad actual;

  3. Que la Constitución de la República de El Salvador en su Artículo 204, numeral 5, faculta a las Municipalidades para decretar reglamentos locales y el Código Municipal en su Art. 3 numeral , Art. 30 numeral 4º, expresa que entre las facultades del Concejo Municipal están la de emitir Reglamentos para normar el gobierno local y la administración municipal;

  4. Que, por la realidad socioeconómica de la población, es necesario brindar facilidades de pago por el derecho de nuevas acometidas a la Red de distribución de Agua Potable;

  5. Que es necesario establecer el procedimiento a realizar para otorgar planes de pago por nuevas acometidas a quien lo solicite y que cumpla con las condiciones de necesidad.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales que le confiere el Código Municipal,

DECRETA la siguiente:

REFORMA AL REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ADMINISTRACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE PROPORCIONADO POR LA MUNICIPALIDAD DE NOMBRE DE JESÚS, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

Art. 1 Agrégase un Artículo 49 A, así:

Las personas de escasos recursos económicos que estén interesadas en nuevas acometidas al sistema de distribución de agua potable podrán solicitar que se les apruebe un plan de pago, para lo que deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 47 de este Reglamento.

Art. 2 Agrégase un Artículo 49 B, así:

Para brindarle al interesado, facilidades de pago para la instalación de nueva acometida, este deberá de solicitar por escrito un plan de pagos.

La...

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