Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Reguladora para la ubicación, construcción e instalación de estructura de soporte y funcionamiento de antenas y cualquier otro tipo de estructura para la emisión y recepción de ondas, banda ancha, y otros elementos de telecomunicaciones del Municipio de Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel
DECRETO N° 02/2021
EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVA GUADALUPE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.
CONSIDERANDO:
-
Que de acuerdo con los Arts. 203, 204 y 205 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en las materias de su competencia y la prestación de los servicios.
-
Que conforme a los Arts. 3 y 30 numerales 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la municipalidad.
POR TANTO.
En uso de sus facultades que le confiere el Código Municipal.
DECRETA: La siguiente reforma a la Ordenanza Reguladora para la Ubicación, Construcción e Instalación de Estructuras de Soporte y Funcionamiento de Antenas y Cualquier Otro tipo de Estructura para la Emisión y Recepción de Ondas, Banda Ancha y Otros Elementos de Telecomunicaciones del Municipio de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel, emitida por Decreto N° 03-2019, publicado en el Diario Oficial N° 235, Tomo N° 425 de fecha 12 de diciembre de 2019; así:
Art.1.- Modifíquese los literales e, f, g del Artículo 13, así:
Se Derogan los literales siguientes:
-
Por permanencia en el municipio cada estructura al mes pagará.
-
Por permanencia antenas o aparatos de cable domiciliar.
Se Modifica el literal siguiente:
-
Por permanencia de valla con antena, al mes pagará.............................................$ 50.00
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal del municipio de Nueva Guadalupe, departamento de San Miguel, a los ocho días del mes de febrero de dos mil veintiuno.
EVER SALVADOR BRIZUELA APARICIO, MAYRA CLIDE FLORES LÓPEZ,
ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICA MUNICIPAL.
MARÍA LORENA CAMPOS DE APARICIO, ÁLVARO CRISTÓBAL RIVERA SOLÓRZANO,
PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba