Decreto No. 21.- Reglamento de becas para el buen vivir, educación y formación técnica de niños, niñas, adolescentes y jóvenes

DECRETO No. 21.

ORGANO EJECUTIVO

Presidencia de la República

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Art. 53 de la Constitución de la República establece que el derecho a la educación y a la cultura es inherente a la persona humana; en consecuencia, es obligación y finalidad primordial del Estado su conservación, fomento y difusión;

  2. Que el Estado de El Salvador recibió a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, una cooperación de la Fundación taiwanesa "Care to Help" , la cual debe ser utilizada para apoyar la implementación de proyectos sociales que tengan un beneficio directo para la población, dentro del programa presidencial "Festivales del Buen Vivir"; y

  3. Que uno de los proyectos que la fundación cooperante ha decidido apoyar, es el denominado "Becas para el Buen Vivir", educación y formación técnica de niños, niñas, adolescentes y jóvenes; proyecto que para ser implementado necesita la normativa pertinente, para lo cual se procede a aprobar el presente Reglamento.

POR TANTO,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA el siguiente:

REGLAMENTO DEL PROYECTO DE BECAS PARA EL BUEN VIVIR, EDUCACIÓN Y fORMACIÓN TÉCNICA DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y JÓVENES

Objeto

Art. 1 El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos para la adjudicación y cancelación de las becas que la Presidencia de la República concede en el marco del "Proyecto de Becas para el Buen Vivir, Educación...

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