Decreto No. 3.- Ordenanza de Conservación del Medio Ambiente del municipio de Joateca departamento de Morazán
DECRETO NUMERO 3
EL CONCEJO MUNICIPAL DE JOATECA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.
CONSIDERANDO:
-
Que de conformidad con el artículo 204, numeral 5 de la Constitución de la República de El salvador, art. 3 numeral 5 y 30 numeral 4 del Código Municipal, es facultad de los municipios en el ejercicio de su autonomía decretar ordenanzas, para un mejor desarrollo de sus competencias.
-
Que de conformidad con el artículo 4, numeral 10, y artículo 31 numeral 6 del Código Municipal, es competencia y obligación municipal incrementar y proteger los recursos naturales, tanto renovables como no renovables, así como contribuir a la preservación de dichos recursos y de la salud de sus habitantes y del medio ambiente.
-
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 4, numeral 19 del Código Municipal es competencia de esta Alcaldía prestar el Servicio de Aseo, Barrido de Calles, Recolección y Disposición de Basura; que el Cumplimiento de dichas obligaciones requiere de la participación y esfuerzo de autoridades y los vecinos de la comunidad.
-
Que la vida silvestre es imprescindible para conservar un medio ambiente sano y en equilibrio que sustenta una gran variedad de recursos naturales renovables.
-
Que es prioridad de la Municipalidad e interés colectivo, la protección del medio ambiente a través de la conservación de los bosques naturales, la biodiversidad y la ampliación de la masa boscosa dentro del Municipio.
-
Que se hace necesario evitar la contaminación de los mantos acuíferos, en las cuencas de los ríos y el mal uso de las aguas, con fines agropecuarios y así evitar graves consecuencias a los recursos naturales y al medio ambiente.
POR TANTO, En uso de sus facultades constitucionales y Municipales, este Consejo, decreta: La siguiente.
ORDENANZA MUNICIPAL DE CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DEL MUNICIPIO DE JOATECA, DEPARTAMENTO DE MORAZÁN.
OBJETO.
-
Regular el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y no renovables.
-
Regular el servicio de aseo, barrido de calles, recolección y disposición de basura.
-
Preservar la vida silvestre como parte del patrimonio natural de la Nación.
-
Incrementar y proteger fuentes abastecedoras de aguas.
-
Evitar la contaminación de los mantos acuíferos, cuencas de los ríos, quebradas y lagos que estén dentro de la jurisdicción municipal.
AMBITO DE APLICACIÓN.
AUTORIDAD COMPETENTE.
FUNCIONES:
-
Fomentar la organización de comités ecológicos comunales.
-
Formar las unidades ambientales correspondientes.
-
Gestionar fondos para la ejecución de proyectos de reforestación, conservación de suelos y agua, protección de cuencas hidrográficas y de educación ambiental.
-
Identificar, definir y delimitar zonas de protección de los recursos naturales.
-
Cobrar impuestos y multas ambientales en base al Código Municipal.
DEFINICIONES:
MEDIO AMBIENTE: El sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí, con los individuos y con la comunidad en la que viven, determinando su relación y sobrevivencia en el tiempo y el espacio.
RECURSOS NATURALES: Productos de la naturaleza que el hombre aprovecha para su propia existencia natural o estética pueden ser el suelo, las plantas, los animales, los minerales, la atmósfera, el agua, el relieve, la energía y toda forma de vida silvestre.
RESIDUOS SOLIDOS: Son todos aquellos desechos que no son gaseosos ni líquidos, resultantes de las actividades públicas, comerciales, industriales, agrícolas y domésticas.
CONTAMINACION: La presencia o introducción al ambiente de elementos nocivos a la vida, la flora o la fauna, o que degradan la calidad de la atmósfera del agua o de los bienes y recursos naturales en general.
MANANTIAL: Fuente de agua natural de constancia relativa de temperatura, composición química y velocidad del agua en comparación de los ríos, lagos, los medios marítimos y las comunidades terrestres. Ocupan una posición de importancia como áreas de estudios que no guardan proporción con su tamaño y número.
RIO: Sistema subsidiado cuyo flujo hídrico arrastra importantes cantidades de materia orgánica e inorgánica esenciales para el mantenimiento de su propia biótica.
BIOTICO: Son los organismos vivos que influyen en la forma de un ecosistema. Pueden referirse a la flora y la fauna de un lugar y sus interacciones. Los individuos deben tener comportamiento y características fisiológicas específicas que permitan su supervivencia y su reproducción en un ambiente definido.
ABIÓTICOS: son los distintos componentes que determinan el espacio fisico en el cual habitan los seres vivos; entre los más importantes podemos encontrar: el agua, la temperatura, la luz, el pH, el suelo, la humedad, el oxígeno y los nutrientes.
VIDA SILVESTRE: Se entiende por vida silvestre las especies de la diversidad biológica que viven y se reproducen independientemente de la mano del hombre, así como aquellas especies introducidas al país que logren establecer poblaciones reproductivas libres, ya sean éstos terrestres, acuáticos o aéreas, residentes o migratorias y las partes y productos derivados de ellas, excepto las especies de animales o plantas domésticos y agrícolas, ganaderos o pesqueras, siempre que éstos dependan del hombre para su subsistencia.
CONSERVACIÓN: Conjunto de actividades humanas para garantizar el uso sostenible del ambiente, incluyendo las medidas para su protección, el mantenimiento, la rehabilitación, la restauración, el manejo y el mejoramiento de los recursos naturales y ecosistema.
REFORESTACIÓN: Es el establecimiento de un bosque sobre terrenos en los que antes no había vegetación arbórea. Proceso de siembra, manejo artificial de árboles, con fines económicos y ecológicos. Con este proceso se contrarresta el azolvamiento y la erosión y se da protección de la fauna, el meso clima y microclima de la región reforestada.
DEFORESTACIÓN: Término aplicado a la separación o disminución de las superficies cubiertas por bosques y selvas, hecho que tiende a aumentar en todo el mundo.
RESERVA FORESTAL: Es la superficie de tierra cultivada de árboles o arbustos declarados oficialmente por el gobierno central o municipio como zona de reserva forestal.
TIERRA DE VOCACIÓN FORESTAL: Aquellas que, por sus condiciones naturales, ubicación, Constitución, clima, topografía, calidad o conveniencia económica, son aptas para forestación o reforestación e inadecuadas para cultivos agrícolas o pastoreo.
ZONA PROTECTORA DEL SUELO: Masas boscosas las cuales tienen como fin, proteger ríos, manantiales poblados, carreteras, etc.
BOSQUE: Es toda superficie de tierra cubierta total o parcialmente por árboles, arbustos y matorrales.
BOSQUE DE GALERIA: Formación arbórea que se desarrolla en condiciones de mucha humedad por localizarse en las riberas y márgenes de los ríos.
CUENCA HIDROGRÁFICA: El área de aguas superficiales o subterráneas que vierten a una red hidrográfica natural con uno o varios cauces naturales, de caudal continuo o intermitente que fluye en un curso mayor que a la vez puede desembocar en un río principal, en un depósito natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar. La cuenca se delimita por la línea que separa las aguas denominadas parte aguas.
INVENTARIO FORESTAL: Es el proceso de cuantificación y calificación de los recursos forestales, el cual contendrá información básica referente a la superficie de inmuebles que forman parte del patrimonio forestal del estado y su infraestructura, también incluirá la capacidad superficial de inmuebles privados que contengan bosques o plantaciones forestales.
PRÁCTICAS DE CONSERVACIÓN DE SUELOS: Es la aplicación en forma integrada de todas aquellas medidas culturales agronómicas y mecánicas que favorezcan la conservación y recreación de los suelos y agua. Estas prácticas o tratamientos pueden ser utilizados en actividades agrícolas, pecuarias, forestales, mineras, urbanísticas de infraestructura y otros.
RECURSOS HIDRICO: Cualquier estado del agua en la naturaleza, sea superficial o subterránea, corriente o detenida, disponible para la vida de los seres vivos y para el desarrollo de los pueblos. INCENDIO FORESTAL: Quemas que pueden ser de origen natural o provocadas por el hombre en una vegetación determinada, que avanza y destruye con todo lo que encuentra a su paso. Los incendios demasiados...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba