Decreto No. 338.- Se establecen límites entre los municipios de Potonico y San Miguel de Mercedes, ambos del departamento de Chalatenango

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el departamento de Chalatenango, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial, como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros, es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de Límite Municipal POTONICO-SAN MIGUEL DE MERCEDES, ambos del departamento de Chalatenango, con referencia No. 0419- 0430, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al art. 131 ordinal de la Constitución, es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los diputados Mario Antonio Ponce López, Ricardo Ernesto Godoy Peñate, Juan Manuel de Jesús Flores Cornejo, Norman Noel Quijano González, Carlos Alberto García Ruiz, Ana Lucía Baires de Martínez, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y de los exdiputados Valentín Arístides Corpeño, Juan Pablo Herrera Rivas y Cristina Esmeralda López (Período 2015-2018).

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como límite entre los municipios de Potonico y San Miguel de Mercedes, ambos del departamento de Chalatenango, el siguiente:

El trazo del límite municipal está compuesto por nueve trayectos. El primer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del uno al dos, por elemento natural hidrográfico; el segundo trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del dos al tres, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del tres al cuatro, por linderos de parcelas; el cuarto trayecto, formado por un sólo tramo, determinado por dos puntos, numerados del cuatro al cinco, por elemento natural hidrográfico; el quinto trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del cinco al seis, por linderos de parcelas; el sexto trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del seis al siete, por elemento natural hidrográfico; el séptimo trayecto, formado por dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del siete al nueve, por linderos de parcelas; el octavo trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del nueve al diez, por elemento natural hidrográfico; el noveno y último trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del diez al once, por linderos de parcelas.

Punto trifinio de inicio. Está definido en desembocadura de la quebrada Fea, sobre la quebrada Petancol, al sureste del caserío El Copinol (hoy despoblado), lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio, para los municipios de San Miguel de Mercedes, San Antonio Los Ranchos, y Potonico, todos pertenecientes al departamento de Chalatenango. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos ocho mil ochocientos ochenta y siete punto sesenta y un metros; Latitud igual, trescientos dieciocho mil ciento ochenta y cinco punto ochenta y dos metros. Sus colindantes son, para el municipio de San Miguel de Mercedes, parcela cincuenta y seis, de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos seis; para el municipio de San Antonio Los Ranchos, parcela ciento noventa y cinco (porción norte), de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos cincuenta y seis y para el municipio de Potonico, parcela cincuenta y siete, de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos seis.

Trayecto uno

Tramo único, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Noroeste, en línea sinuosa, por el eje central de la quebrada Petancol, aguas arriba, hasta interceptar el eje central de la antigua calle vecinal que de la villa de San Miguel de Mercedes conduce al pueblo de Potonico, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de cuatrocientos once punto ochenta y cinco metros. Sus coordenadas son

Longitud igual, quinientos ocho mil quinientos cuarenta y uno punto cincuenta y cuatro metros; Latitud igual, trescientos dieciocho mil trescientos veintiuno punto treinta y dos metros. Sus colindantes son, para el municipio de Potonico, parcelas cincuenta y siete y cincuenta y ocho, ambas de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos seis; para el municipio de San Miguel de Mercedes, parcela cincuenta y seis, de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos seis.

Trayecto dos

Tramo único, del punto número dos al punto número tres. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central de la antigua calle vecinal que de la villa de San Miguel de Mercedes conduce al pueblo de Potonico, hasta interceptar la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas ciento ochenta y tres (porciones norte y sur), ambas de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos cincuenta y seis, lugar donde se ubica el punto número tres, con una distancia aproximada de trescientos veintidós punto ochenta y ocho metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos ocho mil seiscientos treinta y cinco punto setenta y nueve metros; Latitud igual, trescientos dieciocho mil treinta y seis punto cero seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Potonico, parcela cincuenta y ocho, de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos seis, parcelas ciento ochenta y tres (porción oriente) y ciento noventa y cinco (porción Sur), ambas de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos cincuenta y seis; para el municipio de San Miguel de Mercedes, parcelas sesenta y cinco, sesenta y dos, ambas de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero cuatro quinientos seis, parcela ciento ochenta y tres (porción Poniente), de la hoja catastral cero cuatro cuatrocientos setenta y cuatro cero dos quinientos cincuenta y seis.

Trayecto tres

Tramo único, del punto número tres al punto número cuatro. Con rumbo Suroeste, en línea semirrecta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de una quebrada sin nombre, lugar donde se ubica el punto número cuatro, con una distancia aproximada de cuatrocientos treinta y dos punto cincuenta y cuatro metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos ocho mil trescientos cincuenta y tres punto...

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