Decreto No. 35.- Reglamento para la implementación de la desgravación arancelaria del tratado de libre comercio entere la República de Corea y la República de Centroamérica

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo Nº 39, de fecha 21 de junio de 2018, publicado en el Diario Oficial Nº 138, Tomo Nº 420, del 25 de julio del mismo año, la Asamblea Legislativa ratificó el Tratado de Libre Comercio entre la República de Corea y las Repúblicas de Centroamérica, constituidas por Costa Rica, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Panamá;

  2. Que el referido Tratado contiene en su Capítulo 2 "Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado", el artículo 2.4 relativo a la eliminación de aranceles aduaneros; así como, el Anexo 2-B denominado "Eliminación de Aranceles Aduaneros", que específicamente en la Sección B establece la "Lista de Desgravación de El Salvador", aplicable a las mercancías originarias de la República de Corea;

  3. Que con el propósito de asegurar la aplicación de la desgravación arancelaria establecida en dicho Tratado, es necesario emitir el Reglamento para facilitar su implementación y los aspectos operativos vinculados a dicha desgravación.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA el...

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