Decreto No. 38.- Reforma a lo lineamientos para la reincorporación de los empleados del Órgano Ejecutivo y de sus dependencias a sus Centros de Trabajo, durante la Pandemia por COVID-19, establecidos mediante Decreto Ejecutivo No. 31 de fecha 20 de agosto de 2020

DECRETO No. 38.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 1 de la Constitución establece que El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y fin de la actividad del Estado, el cual está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común;

  2. Que la Constitución en su artículo 65 inciso primero, establece que la salud de los habitantes de la República constituye un bien público, y que el Estado y las personas están obligados a velar por su conservación y restablecimiento.

  3. Que mediante Decreto Ejecutivo No. 31 de fecha 20 de agosto de 2020, publicado en el Diario Oficial No. 168, Tomo No. 428 de la misma fecha, se emitieron "Lineamientos para la reincorporación de los empleados del Órgano Ejecutivo y de sus dependencias a sus Centros de Trabajo, durante la Pandemia por COVID-19", el cual tiene por objeto establecer las directrices relativas a condiciones de modo, tiempo y forma, para las dependencias bajo condiciones sanitarias adecuadas y suficientes, para garantizar el derecho a la salud y la vida de los trabajadores, en el desarrollo de la pandemia generada por el COVID-19;

  4. Que en el artículo 1 del citado Decreto Ejecutivo, se regula lo relativo a la fecha de reincorporación a plenitud de los empleados y funcionarios del Órgano Ejecutivo y sus dependencias, estableciéndose como fecha el veintiuno de septiembre de dos mil veinte, siempre que las condiciones de evaluación de la Pandemia así lo permitan;

  5. Que siendo necesario proteger la salud de los habitantes de la República, y en el caso particular la de los empleados del Órgano Ejecutivo, se considera necesario prorrogar la fecha establecida en el considerando anterior, en atención a la evaluación de la Pandemia, por lo que se reforma el citado Decreto Ejecutivo en ese único sentido.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales,

DECRETA, la siguiente:

REFORMA A LINEAMIENTOS PARA LA REINCORPORACIÓN DE LOS EMPLEADOS DEL ÓRGANO EJECUTIVO Y DE SUS DEPENDENCIAS A SUS CENTROS DE TRABAJO, DURANTE LA PANDEMIA POR COVID-19, ESTABLECIDOS...

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