Decreto No. 394.- Reforma a la Ley de Almacenaje
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que por Decreto Legislativo n.° 638 de fecha 29 de noviembre de 1990, publicado en el Diario Oficial n.° 285, Tomo 309, del 19 de diciembre del mismo año, se emitió la Ley de Almacenaje.
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Que la salud es un derecho fundamental, inherente a las personas, que encuentra su sentido más explícito en la exigencia a los poderes públicos de que "toda persona" reciba primordialmente la asistencia médica y el tratamiento terapéutico adecuado para aliviar sus afecciones físicas y/o mentales, en cuanto este representa una de las condiciones esenciales que posibilita a los sujetos tener una existencia física digna y, con ello, desarrollar plenamente su personalidad y sus potencialidades.
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Que de acuerdo a los artículos 1,2 y 3 de la Constitución, se establece que, en nuestro ordenamiento jurídico, la vida constituye un derecho inherente a "toda persona", sin excepción alguna, cuyo ámbito de protección se extiende incluso, desde el momento de la concepción.
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Que el Estado, por obligación constitucional, está en la necesidad de brindar a las personas las condiciones mínimas que de manera indefectible, resultan indispensables para el desarrollo normal y pleno de la vida; razón por la cual, tal derecho se encuentra estrechamente vinculado a otros factores o aspectos que coadyuvan con la procuración de la existencia física bajo estándares de calidad y dignidad, siendo una de estas condiciones el goce de la salud.
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Que actualmente, el Estado de El Salvador, a través del Ministerio de Salud (MINSAL) y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), son las entidades obligadas dentro de sus competencias y capacidades al suministro de los antirretrovirales, los cuales tienen su uso: como tratamiento para las personas con Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA); como profilaxis en casos de personas que han sufrido violencia sexual; como profilaxis en caso de transmisión del virus de la madre embarazada a su hijo o hija, y como preventivo en caso de personas que han sufrido accidentes laborales. Lo anterior tiene como fin garantizar la salud y una vida digna a las personas con VIH/SIDA y de las personas vulnerables de adquirir el virus.
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Que actualmente, las instituciones enunciadas en el considerando anterior, tienen un presupuesto...
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