Decreto No. 412.- Modificaciones a la Ley de Presupuesto Vigente

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 218, de fecha 21 de diciembre de 2018, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 421, de esa misma fecha, se votó la Ley de Presupuesto para el ejercicio financiero fiscal 2019, el cual contiene el Presupuesto Especial del Hospital Nacional "Benjamín Bloom", por un monto de $36,860,275, de los cuales $35,360,275 corresponden al Fondo General y $1,500,000 a Recursos Propios.

  2. Que de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Art. 338 del Código de Comercio, la Exministra de Salud, mediante nota No. 2018-8300-186, de fecha 8 de noviembre de 2018, informó al Banco Hipotecario de El Salvador, S.A. la designación del Hospital Nacional "Benjamín Bloom", como Centro de Beneficencia Pública, para recibir el monto de $521,375.59, en concepto de cantidades remanentes no liquidadas que provienen de los certificados de acciones, propiedad de accionistas de la sociedad Bienes y Servicios, Sociedad Anónima en Liquidación, amparadas en el convenio de liquidación de acciones suscrito entre la sociedad Morales y Morales Asociados, en su calidad de liquidadora de la sociedad referida anteriormente y el Banco Hipotecario de El Salvador, S.A. de propiedad estatal.

  3. Que mediante cheque de caja serie "BH", No. 0034290, de la cuenta No. 99000000213, de fecha 13 de marzo de 2019, el Banco Hipotecario de El Salvador, S.A. entregó al Hospital Nacional "Benjamín Bloom", el monto de $521,375.59, el cual, el Ramo de Salud, solicita incorporar en esta oportunidad al Presupuesto Especial del referido Hospital, con el propósito de financiar la adquisición de medicamentos para pacientes hemofílicos, insumos médicos quirúrgicos y reactivos de laboratorios; asimismo, servirá para la compra de equipo médico hospitalario, mobiliario y equipos de aire acondicionado e informático, los cuales se consideran bienes indispensables para brindar servicios de salud y poder continuar con el normal funcionamiento del citado nosocomio.

  4. Que con el propósito que el Hospital Nacional "Benjamín Bloom", disponga del crédito presupuestario para solventar las necesidades aludidas anteriormente, se hace necesario efectuar una reforma a la Ley de Presupuesto vigente de 2019, en la Sección B. Presupuestos Especiales, B.l-Instituciones Descentralizadas no Empresariales, apartado II-Gastos, en la parte correspondiente al Hospital Nacional "Benjamín Bloom", literal B...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR