Decreto No. 521.- Modificaciones en la ley de presupuesto vigente, en las asignaciones de diversas instituciones del sector público

DECRETO No. 521

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 255, de fecha 22 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial No. 246, Tomo No. 433, del 27 del mismo mes y año, se aprobó la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero Fiscal 2022, por un monto de SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS

    TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS

    UNIDOS DE AMÉRICA (US$7,967,731,990.00);

  2. Que actualmente existen diversas necesidades prioritarias en distintas entidades del Sector Público No Financiero que requieren cobertura presupuestaria para el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales correspondiente al último trimestre de 2022 y que totalizan el monto de CINCUENTA Y SEIS MILLONES

    00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$56,000,000.00), los cuales estarán distribuidos de la siguiente manera: TRES MILLONES SETECIENTOS

    TREINTA Y CINCO MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    (US$3,735,000.00) para el Ramo de Relaciones Exteriores, a efecto de financiar gastos de funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares acreditadas en el exterior; OCHO MILLONES 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS

    UNIDOS DE AMÉRICA (US$8,000,000.00) para el Ramo de la Defensa Nacional, con el propósito de financiar compromisos institucionales en bienes y servicios para la ejecución de la Fase IV del Plan Control Territorial; OCHO MILLONES 00/100

    DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$8,000,000.00) para que el

    Ramo de Justicia y Seguridad Pública pueda financiar gastos de funcionamiento de la Corporación Policial, que incluye el pago de la cuota de alimentación del personal policial para un total de 25,978 elementos, arrendamiento de 357 inmuebles, combustible, uniformes y municiones; UN MILLÓN 00/100 DÓLARES DE

    LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1,000,000.00) para el Ramo de Cultura, para dar cobertura a gastos de funcionamiento y obras en diferentes centros culturales y parques arqueológicos;

  3. Que el Ramo de Economía también requiere el monto de TREINTA Y CINCO

    MILLONES 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

    (US$35,000,000.00), del cual US$34,000,000.00 es para complementar el financiamiento del subsidio al Gas Licuado de Petróleo (GLP) y el mecanismo transitorio para la estabilización de precios del GLP, US$500,000.00 para que el

    Centro Internacional de Ferias y Convenciones de El Salvador, pueda cubrir gastos de funcionamiento, US$500,000.00 para que la Defensoría del Consumidor financie necesidades en bienes y servicios; y DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL 00/100

    DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$265,000.00) para que el

    Ramo de Turismo pueda atender gastos de funcionamiento institucional;

  4. Que de conformidad a lo que establece el artículo 226 de la Constitución de la

    República, el Ministerio de Hacienda, con base a las medidas contenidas en la Ley

    Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de

    Obligaciones Tributarias y Aduaneras, ha registrado excedentes de ingresos con relación a las estimaciones programadas al mes de septiembre de 2022, lo que permite contar con disponibilidades financieras para cubrir las prioridades antes relacionadas, hasta por el monto de CINCUENTA Y SEIS MILLONES 00/100

    DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$56,000,000.00);

  5. Que con el propósito de viabilizar la incorporación de los recursos hasta por

    US$56,000,000.00, se hace necesario reformar la Ley de Presupuesto vigente, en los términos siguientes, en la Sección - A Presupuesto General del Estado,

    Apartado II – INGRESOS, se incrementa el Rubro 11...

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