Decreto No. 545.- Reforma al Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el inciso 1º del artículo 131 de la Constitución, norma que corresponde a la Asamblea Legislativa decretar su Reglamento Interior.

  2. Que por medio de Decreto Legislativo Nº 756 de fecha 28 de julio del 2005, publicado en el Diario Oficial Nº 198, Tomo Nº 369, de fecha 25 de octubre de 2005, se aprobó el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa.

  3. Que la sentencia de inconstitucionalidad 11-2010 de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, establece que todo proyecto de ley debe ser discutido previamente a su aprobación.

  4. Que para la aprobación de un proyecto de ley no basta con los votos, sino que tiene que haber deliberación, es decir, un debate en el que se expongan las posiciones a favor o en contra de la aprobación del proyecto, la que debe estar basada en principios ya que sin estos no hay posibilidad de parlamentarismo democrático.

  5. Que el respeto al principio democrático en la actividad del Órgano Legislativo, se manifiesta mediante el cumplimiento de las propiedades definitorias de la institución legislativa, entre los cuales están los principios de libre discusión, principio de deliberación y de publicidad parlamentaria.

POR TANTO,

En uso de su facultad constitucional establecida en el artículo 131 ordinal 1º, y a iniciativa de los diputados Ricardo Andrés Velásquez Parker, René Alfredo Portillo Cuadra, Bonner Prancisco Jiménez Belloso, Silvia Alejandrina Castro Pigueroa y David Ernesto Reyes Molina.

DECRETA:

Las siguiente reforma al...

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