Decreto No. 7.- Ordenanza transitoria para el pago de las tasas por dispensa de multas e intereses moratorios a favor del municipio de La Unión

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA UNION, DEPARTAMENTO DE LA UNION

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad a los artículos 203 y 204 ordinal 52, de la Constitución de la República y artículo 3 numerales 3 y 5 del Código Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y en lo administrativo y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

  2. Que la situación económica del país, ha debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y particularmente la de aquellos que tienen obligaciones tributarias en cuanto a tasas a favor del Municipio de La Unión, situación que les ha convertido en sujetos morosos, de los tributos municipales, afectando las arcas municipales.

  3. Que es oportuno que el Gobierno Municipal de La Unión, incremente sus ingresos mediante el cobro de tasas e impuestos municipales, con el fin de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad social y económica de los habitantes.

  4. Que, con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio de La Unión, es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes al pago de sus deudas por tasas municipales, incluyendo el otorgamiento de convenios o planes de pago por un periodo específico.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales y basado en los artículos 2...

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