Decreto No. 74- Modificaciones en la Ley de Presupuesto Vigente

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo No. 1056, de fecha 19 de abril de 2012, publicado en el Diario Oficial No. 73, Tomo 395, del 23 del mismo mes y año, fue aprobado en todas sus partes el Contrato de Préstamo No. 8110-SV, suscrito el 14 de marzo de 2012, entre el Gobierno de la República de El Salvador, y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por un monto de SESENTA MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$60,000,000.00), para financiar el Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación, cuyo objetivo es mejorar el acceso, la retención y los porcentajes de estudiantes graduados en la Educación Secundaria de Tercer Ciclo y en la Educación Secundaria de Bachillerato de las escuelas públicas que adopten el modelo de Escuela Inclusiva de Tiempo Pleno y cuyo plazo para desembolsos finalizará el 31 de diciembre de 2018.

  2. Que de los US$60,000,000.00, asignados al proyecto de inversión Código 5813, denominado "Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación", al cierre del ejercicio fiscal 2017, se registra una ejecución de US$57,080,296, mientras que en la Ley de Presupuesto vigente de 2018, se ha programado un monto de US$2,514,615, totalizando el valor de US$59,594,911, por lo que existe un saldo disponible por la cantidad de US$405,089, mismos que el Ministerio de Educación solicita sean incrementados a la asignación presupuestaria del proyecto de inversión citado y que serán destinados a infraestructura y actividades en las Escuelas participantes y admisibles con US$201,871 y al seguimiento y evaluación del proyecto con US$203,218.

  3. Que con el propósito que el ramo de Educación pueda disponer de la asignación presupuestaria para la continuidad de la ejecución del proyecto No. 5813 "Proyecto de Mejoramiento de la Calidad de la Educación", es necesario reformar la Ley de Presupuesto vigente, votada mediante Decreto Legislativo No. 878, de fecha 5 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial No. 9, Tomo 418, del 15 del mismo mes y año, incorporando en la parte de Ingresos y Gastos, los recursos relacionados en el considerando anterior, por un monto de CUATROCIENTOS CINCO MIL OCHENTA Y NUEVE 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$405,089.00).

POR TANTO,

En uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Hacienda. DECRETA:

Art. 1.- En la Ley de...

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