Decreto No. 844.- Se establecen límites entre los municipios de San Pedro Masahuat y Santiago Nonualco, ambos del departamento de La Paz

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los Municipios que comprenden el Departamento de La Paz, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de límite municipal SAN PEDRO MASAHUAT – SANTIAGO NONUALCO, ambos del Departamento de La Paz, con referencia N° 0815 - 0819, la cual se toma como base para el contenido del presente Decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al artículo 131 ordinal de la Constitución es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar Leyes secundarias.

POR TANTO, en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados Guadalupe Antonio Vásquez Martínez, Mario Alberto Tenorio Guerrero, Lucía del Carmen Ayala de León, Audelia Guadalupe López de Kleutgens y de los exdiputados Manuel Vicente Menjívar, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Carlos Cortez Hernández, Nery Arely Díaz Aguilar, Santos Guevara Ramos, Karla Gisela Abrego y Mildred Guadalupe Machado.

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de San Pedro Masahuat y Santiago Nonualco, ambos del Departamento de La Paz, el siguiente:

El trazo del límite municipal está compuesto por un solo trayecto, formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del uno al dos, por elemento natural hidrográfico.

Punto trifinio de inicio. Está definido en la intercepción de la prolongación del lindero sur de la parcela ciento sesenta y siete, del sector cero ocho cero siete R cero cinco, con el eje central del rio Jiboa, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los Municipios de San Antonio Masahuat, Santiago Nonualco y San Pedro Masahuat, todos pertenecientes al Departamento de La Paz. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos un mil cuatrocientos cuarenta punto...

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