Decreto No. 964.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto Vigente
DECRETO No. 964
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que de conformidad a lo establecido en el Romano VI Subsistema de Tesorería, Literal C.2.7.1 Normas para el Manejo de los Fondos de Actividades Especiales, numeral 7 Determinación y Transferencia de Utilidades, del Manual Técnico del Sistema de Administración Financiera Integrado, la Dirección General de Tesorería, en los meses de enero y julio de cada año, determinará el monto a transferir al Fondo General, en concepto de utilidades, de cada uno de los Fondos de Actividades Especiales autorizados.
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Que después de realizar un análisis de la situación presupuestaria del Fondo de Actividades Especiales de los Ministerios de Agricultura y Ganadería y de Justicia y Seguridad Pública, incluyendo los compromisos y obligaciones de pago al 31 de diciembre de 2017, el Minis- terio de Hacienda determinó un monto total disponible de TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$3,371,880.00), el cual se trasladó al Fondo General del Estado, en concepto de utilidades correspondientes al segundo semestre del 2017, de conformidad a la normativa antes referida; recursos que se consideran excedentes de Ingresos ya que no están previstos en las fuentes específicas del Presupuesto 2018.
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Que existen necesidades urgentes y prioritarias en algunas Instituciones del Sector Público, que no tienen cobertura presupuestaria en el presente ejercicio fiscal de 2018, por lo que, con el monto de $3,371,880 antes citado, se puede otorgar un refuerzo presupuestario al Ramo de Agricultura y Ganadería por $1,530,000, para el cumplimiento de demandas laborales del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del MAG, CENTA y la ENA; al Ministerio de Obras Públicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano por $1,600,000, para forta- lecimiento institucional y para sufragar compromisos y obligaciones derivadas del Contrato Colectivo; y a la Procuraduría General de la República por un monto de $241,880, para financiar el funcionamiento inicial de la Oficina para Adopciones (OPA).
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Que en la Ley de Presupuesto vigente, no se encuentran programados los recursos en referencia, por lo que a efecto de viabilizar su incor- poración se hace necesario una modificación en la parte correspondiente a los Ingresos y Egresos, con Fuente de Financiamiento del Fondo General, en los términos siguientes: en el Apartado II- INGRESOS...
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