Decreto No. 970.- Modificaciones en la Ley de Presupuesto Vigente

DECRETO No. 970

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el 25 de octubre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió la Sentencia en el Caso Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños vs. El Salvador, en la cual determinó la responsabilidad del Estado salvadoreño por graves violaciones de derechos humanos; en ese sentido, con el fin de reparar de manera integral los daños ocasionados a las víctimas y sus familiares, dicho Organismo dispuso el cumplimiento de diferentes medidas de restitución y rehabilitación para las mismas, tales como: implementar un programa de desarrollo dirigido al caserío El Mozote y lugares aledaños, proporcionar las condiciones adecuadas para el retorno de desplazados, así como atención médica, psicológica o psiquiátrica y psicosocial, entre otras.

  2. Que a efecto de darle cumplimiento al citado fallo, mediante Decreto Ejecutivo No. 53, de fecha 31 de agosto de 2016, publicado en el Diario Oficial No. 162, Tomo No. 412, del 2 de septiembre del mismo año, se emitieron las "Disposiciones Específicas Restaurativas para la Ejecución y Seguimiento de la Sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el Caso "Masacres de El Mozote y Lugares Aledaños vs. El Salvador"; las cuales contemplan la creación de la Comisión para la ejecución y seguimiento del "Programa de Desarrollo Social Integral de El Mozote y Lugares Aledaños", compuesta por diversas instituciones gubernamentales, incluyendo al Ministerio de Educación (MINED).

  3. Que con base a las referidas Disposiciones, al MINED se le otorgó la responsabilidad de construir un Centro Educativo Integral en el case- río El Mozote, así como, mejorar el Centro Escolar "Ana Julia y Carmelina Mejía Ramírez" del Caserío El Barrial, obras contenidas en el proyecto de inversión código 6448 "Mejoramiento de la Infraestructura de dos Centros Escolares Ubicados en los Caseríos El Mozote y El Barrial del Municipio de Meanguera del Departamento de Morazán", para cuya segunda etapa dicho Ministerio requiere el monto de UN MILLÓN OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL DÓLARES 00/100 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$1,850,000.00).

  4. Que mediante Dictamen Favorable n. 326, de la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto, de fecha 3 de enero de 2018, el Órgano Legislativo otorgó al Ramo de Educación la cantidad de SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$6,500,000.00) para ejecutar...

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