PRORRÓGASE POR UN AÑO MAS LOS EFECTOS ESTABLECIDOS EN EL D. L. Nº 150/2003

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 858

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que por Decreto Legislativo Nº 150, de fecha 2 de octubre del 2003, publicado

    en el Diario Oficial Nº 198, Tomo Nº 361, del 24 de octubre del mismo año, se

    declaró por un período de 3 años, exentos del pago de todo tipo de impuestos

    incluyendo los municipales que pudiesen causar, las presentaciones que realicen

    conjuntos musicales y artistas salvadoreños en sus diferentes especialidades según

    tabla establecida en el mismo.

  2. Que por Decreto Legislativo Nº 96, de fecha 25 de septiembre del 2006, publicado

    en el Diario Oficial Nº 190, Tomo Nº 373 del 12 de octubre de 2006, se

    prorrogaron por el período de 3 años más, los efectos establecidos en el Decreto

    a que se refiere el considerando anterior.

  3. Que por Decreto Legislativo Nº 146, de fecha 8 de octubre de 2009, publicado

    en el Diario Oficial Nº 199, Tomo Nº 385 del 26 del mismo mes y año, se prorrogó

    por el período de 1 año más, los efectos establecidos en el Decreto a que se

    refiere el considerando primero de este Decreto.

  4. Que por Decreto Legislativo Nº 482, de fecha 30 de septiembre del 2010,

    publicado en el Diario Oficial Nº 194, Tomo Nº 389 del 18 de octubre del mismo

    año, se prorrogó por el período de 1 año más, los efectos establecidos en el

    Decreto a que se refiere el considerando primero de este Decreto.

  5. Que los referidos Decretos se emitieron a raíz de la crisis económica por la que

    atraviesan los artistas nacionales, situación que les desmotiva a seguirse

    desarrollando, por lo que era necesario otorgarles incentivos fiscales con el objeto

    de contribuir al fortalecimiento de éstos.

  6. Que la crisis económica por la que atraviesan los referidos conjuntos musicales

    y artistas salvadoreños aún persisten, y por estar próximo el vencimiento de dicho

    incentivo fiscal, el cual vence el 26 de octubre del presente año, es conveniente

    prorrogar por un año más los efectos establecidos en el Decreto Legislativo Nº

    150 a que se ha hecho referencia.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Inmar Rolando Reyes,

    Carlos Cortez Hernández y Margarita Rodríguez.

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    DECRETA:

    Art. 1.- Prorrógase por 1 año más a partir del 26 de octubre del presente año, lo establecido en

    el Decreto Legislativo Nº 150, de fecha 2 de octubre del 2003...

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