Ratifícase Enmienda Nº 6 al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico Nº 519-021, Gobernando con Justicia, Actividad Nº 519-0461, con el Gobierno de los Estados Unidos de América
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 418
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que el 31 de agosto de 2009 fue suscrita la Enmienda N¼ 6 al Convenio de
Donacin de Objetivo Estratgico entre el Gobierno de los Estados Unidos de
Amrica, actuando por medio de la Agencia de los Estados Unidos para el
Desarrollo Internacional y el Gobierno de la Repblica de El Salvador, para el
Objetivo Estratgico N¼ 519-021, ÒGobernando con Justicia: Gobernabilidad ms
Transparente y con mayor Capacidad de RespuestaÓ, Actividad N¼ 519-0461.
-
Que el referido Instrumento ha sido aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo No.
700/2010, del 26 de mayo de 2010 y sometido a consideracin de esta Asamblea
Legislativa para su inclusin en el ordenamiento jurdico salvadoreo, vigente y
positivo.
-
Que dicho Instrumento no contiene ninguna disposicin contraria a la Constitucin
de la Repblica, siendo procedente su ratificacin.
POR TANTO,
en uso de la potestad establecida en el Art. 131, ordinal 7¼ de la Constitucin de la Repblica en
relacin con el Art. 168, ordinal 4¼ de la misma, y a iniciativa del Presidente de la Repblica por medio
del Ministro de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Art. 1.- Ratifcase en todas sus partes la Enmienda N¼ 6 al Convenio de Donacin de Objetivo
Estratgico entre el Gobierno de los Estados Unidos de Amrica, actuando por medio de la Agencia de los
Estados Unidos para el Desarrollo Internacional y el Gobierno de la Repblica de El Salvador, para el
Objetivo Estratgico N¼ 519-021, ÒGobernando con Justicia: Gobernabilidad ms Transparente y con mayor
Capacidad de RespuestaÓ, Actividad No. 519-0461, suscrita el 31 de agosto de 2009, el cual consta de Un
Prembulo, Cuatro Numerales y Anexo 1, aprobado mediante Acuerdo Ejecutivo N¼ 700/2010 del 26 de
mayo de 2010.
Art. 2.- El presente Decreto entrar en vigencia ocho das despus de su publicacin en el Diario
Oficial.
DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los quince das del mes
de julio del ao dos mil diez.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEA,
PRESIDENTE.
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
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OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,
PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO...
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