ESTABLÉCESE LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE OZATLÁN, Y USULUTÁN, AMBOS DEL DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.

DECRETO N° 356

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de Usulután, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de límite municipal OZATLÁN - USULUTÁN con referencia Nº 1113 - 1123, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5° de la Constitución es competencia de este Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Nery Arely Díaz de Rivera, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y del exdiputado Erik Mira Bonilla.

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Ozatlán y Usulután ambos del Departamento de Usulután, el siguiente:

El trazo del límite municipal está formado por cinco trayectos. El primer trayecto formado por un solo tramo, determinado por dos puntos numerados del uno al dos, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado por cinco tramos determinados por seis puntos, numerados del dos al siete, por elemento natural hidrográfico; el tercer trayecto, formado por dos tramos, determinado por tres puntos, numerados del siete al nueve, por vía de comunicación terrestre; el cuarto trayecto formado por un solo tramo, determinado por dos puntos, numerados del nueve al diez, por elemento natural hidrográfico; el quinto trayecto formado por tres tramos, determinado por cuatro puntos, numerados del diez al trece, por vía de comunicación terrestre.

La medición de las coordenadas correspondientes a la longitud y latitud de cada uno de los puntos que conforman el límite, se ha realizado sobre la información catastral del sistema antiguo, debido a que en la zona oriental, específicamente del departamento de Usulután, aún no se ha realizado la actualización de la base catastral.

Punto trifinio de inicio. Está definido en el esquinero noreste de la parcela uno plica uno, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero siete quinientos cincuenta y uno, en la cima del volcán de Usulután, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo considerado punto trifinio para los municipios de Tecapán, Usulután y Ozatlán, todos del departamento de Usulután. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos cincuenta punto treinta y seis metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cinco mil doscientos noventa y nueve punto cero dos metros. Sus colindantes son, para el municipio de Tecapán, parcela ciento cuarenta y seis plica dos (Cooperativa El Mame), de la hoja catastral quinientos sesenta y tres cero siete quinientos cincuenta y uno; para el municipio de Usulután, parcela quince plica uno, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres catorce quinientos uno y para el municipio de Ozatlán, parcela uno plica uno, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres trece quinientos uno.

Trayecto uno

Tramo único, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Suroeste, en línea quebrada, por linderos de parcelas, hasta interceptar el eje central de la quebrada Lempita, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de ochocientos noventa y tres punto setenta y un metros. Sus coordenadas son Longitud igual, quinientos cincuenta y siete mil doscientos veintinueve punto cuarenta y cuatro metros; Latitud igual, doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y cinco punto cero seis metros. Sus colindantes son, para el municipio de Ozatlán, parcela uno plica uno, de la hoja catastral quinientos sesenta y tres trece quinientos uno; para el municipio de Usulután...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR