ESTABLÉCESE LIMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE ARMENIA E IZALCO, AMBOS DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

DECRETO Nº 320

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el Departamento de Sonsonate, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de límite municipal ARMENIA - IZALCO con referencia Nº 0302 - 0306, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5º de la Constitución es competencia de este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortéz Hernández, Nery Arely Díaz de Rivera, Rafael Morán Tobar, Mario Eduardo Valiente Ortíz, Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y del exdiputado Erik Mira Bonilla.

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Armenia e Izalco del Departamento Sonsonate, el siguiente:

El trazo del límite municipal está formado por once trayectos. El primer trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del uno al tres, por linderos de parcelas; el segundo trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del tres al cinco, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del cinco al seis, por linderos de parcelas; el cuarto trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del seis al siete, por elemento natural hidrográfico; el quinto trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del siete al ocho, por vía de comunicación terrestre; el sexto trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del ocho al nueve, por linderos de parcelas; el séptimo trayecto formado de un solo tramo,

determinado con dos puntos, numerados del nueve al diez, por elemento natural hidrográfico; el octavo trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del diez al once, por linderos de parcelas; el noveno trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del once al doce, por vía de comunicación terrestre; el décimo trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del doce al catorce, por linderos de parcelas; el décimo primer trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del catorce al dieciséis, por vía de comunicación terrestre.

Punto trifinio de inicio. Está ubicado en el esquinero noreste de la parcela once (Cooperativa Las Lajas), del sector cero tres cero seis R quince, lugar donde se ubica el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los municipios de Armenia e Izalco, ambos del departamento de Sonsonate y El Congo, del departamento de Santa Ana. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos cuarenta y dos mil treinta y ocho punto cuarenta y cuatro metros; Latitud igual, doscientos noventa y ocho mil novecientos veintiuno punto treinta y cuatro metros. Sus colindantes son, para el municipio de Armenia, parcela cincuenta mil dos (Teshcal), del sector cero dos cero cuatro R cero siete; para el municipio de Izalco, parcelas diez y once, ambas del sector cero tres cero seis R quince y para el municipio de El Congo, parcela tres, del sector cero dos cero cuatro R cero siete.

Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Suroeste, en línea recta, por linderos de parcelas, hasta interceptar el esquinero noreste de la parcela ochocientos uno, del sector cero tres cero seis R catorce, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de mil setecientos sesenta y cinco punto sesenta y tres metros. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos cincuenta y nueve punto ochenta y cuatro metros; Latitud igual, doscientos noventa y siete mil ciento sesenta y uno punto cincuenta y...

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