ESTABLÉCESE LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE HUIZÚCAR Y SAN MARCOS, DE LOS DEPARTAMENTOS DE LA LIBERTAD Y SAN SALVADOR.

DECRETO N° 20

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los Municipios que comprenden el Departamento de La Libertad, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de dialogo entre las municipalidades involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración y firma del Acta de Límite Municipal HUIZÚCAR - SAN MARCOS con referencia N° 0506-0612, la cual se toma como base para el contenido del presente Decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que el Código Municipal en su Art. 23 establece que es facultad de la Asamblea Legislativa decretar la definición de los límites territoriales.

  5. Que de conformidad al Art. 131 Ordinal 5° de la Constitución es competencia de este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y derogar leyes secundarias.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa del Diputado Guadalupe Antonio Vásquez Martínez y de los ex Diputados Carlos Cortez Hernández, Nery Arely Díaz Aguilar, Rafael Ricardo Morán Tobar, Mario Eduardo Valiente Ortiz, Erik Mira Bonilla y Mildred Guadalupe Machado.

DECRETA:

Art. 1.- Se establece como Límite entre los Municipios de Huizúcar y San Marcos de los Departamentos de La Libertad y San Salvador, el siguiente:

El trazo del límite está formado por ocho trayectos. El primer trayecto formado de cinco tramos, determinados con seis puntos, numerados del uno al seis, por elemento natural hidrográfico; el segundo trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del seis al siete, por vía de comunicación terrestre; el tercer trayecto formado por dos tramos, determinados con tres puntos, numerados del siete al nueve, por elemento natural hidrográfico; el cuarto trayecto formado por un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del nueve al diez, por linderos de parcelas; el quinto

trayecto formado por un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del diez al once, por vía de comunicación terrestre; el sexto trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del once al trece, por elemento natural hidrográfico; el séptimo trayecto formado de seis tramos, determinados con siete puntos, numerados del trece al diecinueve, por linderos de parcelas; el octavo y último trayecto, formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del diecinueve al veinte, por elemento natural hidrográfico.

Punto trifinio de inicio. Está definido en la intercepción de la prolongación del lindero de propiedad que divide las parcelas ciento treinta y tres, del sector cero cinco cero uno R cero dos y la veinte, del sector cero cinco diez R cero tres, con el eje central del Río Chávez, el cual forma una deflexión Sur veintiocho grados diez minutos y veintisiete segundos Este, considerado como el punto número uno, al mismo tiempo trifinio para los Municipios de Huizúcar y Antiguo Cuscatlán, ambos del Departamento de La Libertad y San Marcos, del Departamento de San Salvador. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos veintiocho punto veintiún metros; Latitud igual, doscientos setenta y nueve mil trescientos veintitrés punto noventa y cinco metros. Sus colindantes son, para el Municipio de Huizúcar, parcela cuarenta y cinco (Finca Amulunca o Santa Isabel II), del sector cero cinco diez R cero tres; para el Municipio de Antiguo Cuscatlán, parcela ciento treinta y tres (Finca La Labranzona), del sector cero cinco cero uno R cero dos y para el Municipio de San Marcos, parte Norte de parcela veinte (Finca Ahuacatitán), del sector cero cinco diez R cero tres.

Trayecto uno

Tramo uno, del punto número uno al punto número dos. Con rumbo Sureste, en línea sinuosa, por el eje central del Río Chávez, aguas abajo, hasta interceptar el cauce de una vaguada la cual es muy difícil de poder observarla a simple vista, dado lo sinuoso del terreno, lugar donde se ubica el punto número dos, con una distancia aproximada de trescientos uno punto cincuenta y seis metros. S us coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos punto treinta y nueve metros; Latitud igual, doscientos setenta y nueve mil cuarenta y seis punto ochenta y cinco metros. Sus colindantes son, para el Municipio de San Marcos, parcela veinte (Finca Ahuacatitán, parte Norte), del sector cero cinco diez R cero tres; para el Municipio de...

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