ESTABLECESE LIMITE TERRITORIAL ENTRE LOS MUNICIPIOS DE METAPÁN Y LA PALMA DE LOS DEPARTAMENTOS DE SANTA ANA Y CHALATENANGO

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO No. 1020

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPòBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. - Que la existente delimitaci—n entre los Municipios que comprenden el

    Departamento de Santa Ana, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnolog’a

    en materia registral y de medici—n territorial; como tampoco a las vigentes

    circunstancias de desarrollo social y econ—mico del pa’s.

  2. Que con la tecnolog’a registral y los modelos fotogramŽtricos actualmente

    disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realizaci—n de una

    delimitaci—n y demarcaci—n precisa de dichos l’mites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de di‡logo entre las municipalidades

    involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto

    Geogr‡fico y del Catastro Nacional, llegando as’ de esta manera a la elaboraci—n

    y firma del Acta de l’mite municipal METAPçN Ð LA PALMA con referencia No.

    0207 - 0412, la cual se toma como base para el contenido del presente Decreto

    y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5? de la Constituci—n es competencia de

    este îrgano del Estado decretar, interpretar autŽnticamente, reformar y derogar

    leyes secundarias.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hern‡ndez,

    Mario Eduardo Valiente Ortiz, Nery Arely D’az de Rivera, Guadalupe Antonio V‡squez Mart’nez, Ana Daysi

    Villalobos Membre–o, Carlos Armando Reyes Ramos y Manuel Vicente Menj’var.

    DECRETA:

    Art. 1.- Se establece como l’mite entre los Municipios de Metap‡n y La Palma de los

    Departamentos de Santa Ana y Chalatenango, el siguiente:

    El trazo del l’mite municipal est‡ formado por un solo trayecto, compuesto de un tramo,

    determinado por dos puntos, numerados del uno al dos, por elemento natural hidrogr‡fico.

    Punto trifinio de inicio. Est‡ ubicado en la intercepci—n de la prolongaci—n del lindero de propiedad

    que divide las parcelas treinta y dos y dieciocho, ambas del sector cero dos cero siete R cuarenta y seis,

    representado por el cauce de la quebrada De Minas, con el eje central de r’o Lempa, considerado como

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    nœmero uno, al mismo tiempo punto trifinio para los Municipios de Cital‡, La Palma, ambos pertenecientes

    al departamento de Chalatenango y Metap‡n, perteneciente al departamento de Santa Ana. Sus

    coordenadas son Longitud igual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR