EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA INTRODUCCIÓN AL PAÍS DE 60 CAJAS CONTENIENDO 10,000 JUGUETES, A FAVOR DE LA IGLESIA CENTRO INTERNACIONAL DE AVIVAMIENTO MARANATHA.

(DECRETO N\260 343) 1

DECRETO Nº 276

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la 201cIglesia Centro Internacional de Avivamiento Maranatha201d, es una entidad de interés particular y religiosa, apolítica y no lucrativa, cuyos objetivos, entre otros, son predicar el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo conforme a las Sagradas Escrituras, así como establecer centros de estudios ministeriales para la ordenación de ministros del Santo Evangelio.

  2. Que para el logro de sus objetivos, introducirán al país 60 cajas que contienen diez mil juguetes que les ha sido donado, los cuales serán distribuidos a niños y niñas de escasos recursos económicos.

  3. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución de la República , es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del citado donativo.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de la Diputada Lorena Guadalupe Peña Mendoza.

DECRETA:

Art. 1.- Exonérase a la 201cIglesia Centro Internacional de Avivamiento Maranatha201d, del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de 60 cajas que contienen diez mil (10,000) juguetes, que serán distribuidos a niños y niñas de escasos recursos económicos.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de la referida Iglesia, deberán presentar a esta Asamblea dentro de los 45 días posteriores al evento, un informe debidamente firmado y sellado por un auditor responsable, sobre la distribución de los mismos.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil trece.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,

PRESI...

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