EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, LA REALIZACIÓN DE LA “FIESTA DE CARNAVAL”, EL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, A FAVOR DEL CASINO DE SAN MIGUEL, DEL DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

DECRETO N° 851

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que el Casino de San Miguel, del Departamento de San Miguel, es una entidad apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyos objetivos son cultivar y fomentar las buenas relaciones entre sus miembros y proporcionarles distracciones sociales, culturales, educativas y deportivas, entre otras.

  2. Que por motivos de celebrarse las fiestas patronales de la Ciudad de San Miguel, el Casino de San Miguel, celebrará una Fiesta de Carnaval, el día 29 de noviembre del presente año.

  3. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo los municipales, que pueda causar dicha actividad.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de las Diputadas Mariela Peña Pinto, Lucía

del Carmen Ayala de León y del Diputado José Edgar Escolán Batarse.

DECRETA:

Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la realización de la 201cFiesta de Carnaval201d, a realizarse el día 29 de noviembre del presente año, a favor del Casino de San Miguel, del Departamento de San Miguel.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fiscales respectivos. Asimismo, los representantes del Casino de San Miguel, deberán presentar a esta Asamblea dentro de los 45 días posteriores al evento, un informe debidamente firmado y sellado por un auditor responsable, sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil catorce.

OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,

PRESIDENTE.

ENRIQUE ALBERTO LUIS...

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