EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, QUE PUEDA CAUSAR LA FIESTA QUE SE REALIZARA EN EL CASINO DE SAN MIGUEL
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 917
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que el Casino de San Miguel, del Departamento de San Miguel, es una entidad
apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyos objetivos son cultivar y fomentar las
buenas relaciones entre sus miembros y proporcionales distracciones sociales,
culturales, educativas y deportivas, entre las cuales pueda promoverse y
difundirse la conservación, el rescate y la salvaguarda del patrimonio cultural.
-
Que en el marco de la celebración de sus fiestas patronales dedicadas a la
Virgencita de La Paz, llevará a cabo la realización de una fiesta dentro del
contexto del Carnaval de San Miguel, a realizarse el día 26 de noviembre del
presente año.
-
Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere
el Art. 131 de la Constitución de la República, y con el objeto de contribuir al éxito
de dicho evento, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo los
municipales, que pueda causar dicha actividad.
POR TANTO:
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado Rafael Eduardo Paz Velis.
DECRETA:
Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo los municipales, a excepción del Impuesto
a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la realización
de una fiesta dentro del contexto del Carnaval de San Miguel, a realizarse el día 26 de noviembre del
presente año, a favor del Casino de San Miguel, del Departamento de San Miguel.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos
fiscales respectivos. Asimismo, los representantes de dicho Casino, deberán presentar a esta Asamblea,
un informe debidamente auditado sobre los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecisiete días del mes
de noviembre del año dos mil once.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES,
PRESIDENTE.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA, GUILLERMO ANTONIO GALLEGOS NAVARRETE,
PRIMER VICEPRESIDENTE. SEGUNDO VICEPRESIDENTE.
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JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ...
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