EXONÉRASE DEL PAGO DE IMPUESTOS, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN JOVENES ACTIVOS DE EL SALVADOR, LA INTRODUCCIÓN DE 4 ANTENAS DE POLARIZACIÓN CIRCULAR
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 123
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que la Fundación de Jóvenes Activos de El Salvador, es una entidad de utilidad
pública, apolítica, no lucrativa, ni religiosa, cuyos objetivos, entre otros, son la
realización de programas y proyectos de orientación y educación integral,
orientación juvenil, así como programas de rescate a jóvenes que están
sumergidos en la drogadicción y delincuencia, actividades que se llevan a cabo
en el municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana.
-
Que para el logro de sus objetivos introducirán al país 4 antenas de polarización
circular, las cuales serán utilizadas por Radio Tazumal de Santa Ana, quien posee
la concesión de frecuencia de parte de Stereo Noventa y Dos, S.A. de C.V.
-
Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confiere
el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago
de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país de
dichas antenas.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Luis Alberto Corvera Rivas,
Hortensia Margarita López Quintana y José Mauricio Rivera.
DECRETA:
Art. 1.- Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción
al país de cuatro (4) antenas de polarización circular RVR ACPOp de 25” x 13” x 13” y su respectivo
transporte de mercancía y flete de seguro, a favor de la Fundación de Jóvenes Activos de El Salvador.
La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos
fiscales respectivos.
Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN EL SALON AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los diecinueve días del
mes de septiembre del año dos mil nueve.
CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA,
PRESIDENTE.
OTHON SIGFRIDO REYES MORALES, ALBERTO ARMANDO ROMERO RODRÍGUEZ,
VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.
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