REFÓRMASE LA LEY DE PRESUPUESTO, EN LA PARTE QUE CORRESPONDE AL RAMO DE ECONOMÍA
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO No. 924
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
-
Que por Decreto Legislativo No. 725, de fecha 30 de septiembre de 1999,
publicado en el Diario Oficial No. 208, Tomo No. 345, del 9 de noviembre del
mismo año, se ratificó en todas sus partes el Convenio Marco relativo a la
Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en
El Salvador en virtud del Reglamento “ALA”, celebrado entre el Gobierno de la
República de El Salvador y la Comunidad Europea.
-
Que en armonía con dicho Convenio Marco, el 6 de diciembre de 2010 fue suscrito
el Convenio de Financiación DCI-ALA/2010/021-847 entre la Unión Europea y la
República de El Salvador por valor de 24,200,000€, equivalentes a US
$31,800,000, destinados a financiar el “Programa de Apoyo a la Recuperación
Económica de El Salvador (PARE-ES)”, de los cuales la cantidad de 22,000,000
€ (US $28,900,000) son de apoyo presupuestario y 2,200,000 € (US $2,900,000)
para apoyo complementario.
-
Que de los recursos de apoyo presupuestario, mediante Decreto Legislativo No.
640, de fecha 10 de marzo de 2011, publicado en el Diario Oficial No. 53, Tomo
No. 390, del 16 del mismo mes y año, se incorporó a la Ley de Presupuesto 2011
un total de 12,000,000 € equivalentes a US $15,800,000 que corresponden al
tramo fijo de apoyo presupuestario, según lo establecido en el citado Convenio
de Financiación y que se utilizaron para financiar el nuevo Plan de Ordenamiento
y Transparencia del Mercado del Gas Licuado de Petróleo.
-
Que actualmente se encuentra disponible un saldo de 10,000,000€ equivalentes
a US$13,100,000 que corresponden al tramo variable de apoyo presupuestario
y 2,200,000€ equivalentes a US$2,900,000 corresponden al apoyo
complementario; por lo que, del saldo de DIEZ MILLONES DE EUROS (10,000,000
€), se requiere utilizar un total de NUEVE MILLONES DE EUROS (9,000,000 €),
equivalentes a ONCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL DÓLARES DE LOS
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$11,790,000) que serán asignados al Ramo
de Economía para cubrir requerimientos prioritarios que están comprendidos
dentro del objetivo del Convenio, como lo es el pago del subsidio al gas licuado,
los cuales no disponen de asignación presupuestaria; por lo que es necesario
incorporar el monto antes mencionado a la Ley de Presupuesto, aprobada
mediante Decreto Legislativo No. 514, de fecha 18 de noviembre de 2010,
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