ESTABLECESE LIMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE JUJUTLA Y ACAJUTLA, DEL DEPARTAMENTO DE SONSONATE

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 844

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el

    Departamento de Sonsonate, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología

    en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes

    circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente

    disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una

    delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de diálogo entre las municipalidades

    involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto

    Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración

    y firma del Acta de límite municipal JUJUTLA - ACAJUTLA con referencia Nº 0107

    - 0301, la cual se toma como base para el contenido del presente decreto y se

    anexa como parte integral del mismo.

  4. Que de conformidad al Art. 131 ordinal de la Constitución es competencia de

    este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar y

    derogar leyes secundarias.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández,

    Nery Arely Díaz de Rivera, Mildred Guadalupe Machado, Erik Mira Bonilla, Rafael Morán Tobar, Mario

    Eduardo Valiente Ortiz y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez.

    DECRETA:

    Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Jujutla y Acajutla de los Departamentos

    de Ahuachapán y Sonsonate, el siguiente:

    El trazo del límite municipal está conformado por un solo trayecto, compuesto de siete tramos,

    numerados del uno al ocho, por elemento natural hidrográfico.

    Punto Trifinio de Inicio. Está ubicado en la intercepción de la prolongación del lindero de propiedad,

    entre las parcelas cuatrocientos diecisiete, del sector cero uno cero seis R cero cinco y la doscientos ochenta

    y uno, del sector cero uno cero siete R veintidós, con el eje central del río El Rosario, el cual al mismo

    tiempo es mojón trifinio para los municipios de Acajutla, del departamento de Sonsonate, Jujutla y

    Guaymango, ambos del departamento de Ahuachapán. Sus coordenadas son Longitud igual, cuatrocientos

    dos mil setecientos once punto cuarenta y siete metros; Latitud igual, doscientos ochenta y ocho mil ciento

    cuarenta y dos punto cincuenta y nueve metros. Sus colindantes son, para el municipio de Acajutla, parcela

    ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

    INDICE LEGISLATIVO

    ciento quince, del sector cero tres cero uno R cero cuatro; para el municipio de Jujutla, parcela doscientos

    ochenta y uno, del sector cero uno cero siete R veintidós, para el municipio de Guaymango, parcelas

    cuatrocientos diecisiete y cuatrocientos veintiuno, ambas del sector cero uno cero seis R cero cinco.

    Trayecto único.

    Tramo uno, del punto número uno al...

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