ESTABLÉCESE COMO LÍMITES TERRITORIALES ENTRE LOS MUNICIPIOS DE SANTA ISABEL ISHUATÁN Y TEOTEPEQUE DE LOS DEPARTAMENTOS DE SONSONATE Y LA LIBERTAD

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO Nº 117

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la existente delimitación entre los municipios que comprenden el

    Departamento de La Libertad, no se ajusta al presente desarrollo de la tecnología

    en materia registral y de medición territorial; como tampoco a las vigentes

    circunstancias de desarrollo social y económico del país.

  2. Que con la tecnología registral y los modelos fotogramétricos actualmente

    disponibles por el Centro Nacional de Registros; es posible la realización de una

    delimitación y demarcación precisa de dichos límites.

  3. Que se ha desarrollado un proceso de dialogo entre las municipalidades

    involucradas con la asistencia del Centro Nacional de Registros y del Instituto

    Geográfico y del Catastro Nacional, llegando así de esta manera a la elaboración

    y firma del Acta de límite municipal SANTA ISABEL ISHUATÁN - TEOTEPEQUE

    con referencia Nº 0305-0520, la cual se toma como base para el contenido del

    presente decreto y se anexa como parte integral del mismo.

  4. Que el Código Municipal en su Art. 23 establece que es facultad de la Asamblea

    Legislativa decretar la definición de los límites territoriales.

  5. Que de conformidad al Art. 131 ordinal 5/ de la Constitución es competencia de

    este Primer Órgano del Estado decretar, interpretar auténticamente, reformar

    y derogar leyes secundarias.

    POR TANTO,

    en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados Carlos Cortez Hernández,

    Nery Arely Díaz de Rivera, Mildred Guadalupe Machado, Erik Mira Bonilla, Rafael Morán Tobar, Mario

    Eduardo Valiente Ortiz y Guadalupe Antonio Vásquez Martínez.

    DECRETA:

    Art. 1.- Se establece como límite entre los Municipios de Santa Isabel Ishuatán y Teotepeque de

    los Departamentos de Sonsonate y La Libertad, el siguiente:

    El trazo del límite municipal está formado por siete trayectos: el primer trayecto formado de dos

    tramos, determinados con tres puntos numerados del uno al tres, por lindero de parcelas; el segundo

    trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados del tres al cinco, por vías

    comunicación terrestre; la primera denominada calle antigua que del cantón y caserío Los Izotes conduce

    a la villa de Teotepeque, la segunda denominada calle que del cantón y caserío Los Izotes conduce a la

    villa de Teotepeque; el tercer trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados

    del cinco al seis, por lindero de parcelas; el cuarto trayecto formado de un solo tramo, determinado con

    dos puntos, numerados del seis al siete, por el eje central del río Cacaguayo; el quinto trayecto formado

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    de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del siete al ocho, por lindero de parcelas; el

    sexto trayecto formado de un solo tramo, determinado con dos puntos, numerados del ocho al nueve, por

    vía de comunicación terrestre denominada calle que del cantón y caserío San Benito conduce al cantón

    y hacienda La Ceiba; el séptimo trayecto formado de dos tramos, determinado con tres puntos, numerados

    del nueve al once, por lindero de parcelas.

    Punto trifinio de inicio: Está definido en la intersección de lindero del rumbo este de propiedad

    de la parcela ochenta y seis, ubicado en la cima del cerro El Izote, donde se ubica el punto número uno,

    al mismo tiempo trifinio para los municipios de: Tepecoyo, Teotepeque, ambos del departamento de La

    Libertad y Santa Isabel Ishuatán del departamento de Sonsonate. Sus coordenadas son: Longitud igual

    cuatrocientos cuarenta y tres mil seiscientos veintitrés punto setenta metros; Latitud igual doscientos

    ochenta mil trescientos setenta y tres punto setenta y dos metros; sus colindantes son: para el municipio

    de Tepecoyo: parcela cuatrocientos doce del sector cero cinco veintiuno, R, cero ocho, para el municipio

    de Teotepeque: parcela trescientos sesenta y seis del sector cero cinco veinte, R, cero tres y para el

    municipio de Santa Isabel Ishuatán: parcela ochenta y seis del sector cero tres cero cinco, R, once.

    Trayecto uno.

    Tramo uno, del punto número uno al punto número dos: Con rumbo Suroeste, en línea recta, por

    lindero de parcelas, hasta la intersección del eje central de la calle que del cantón y caserío Los Izotes

    conduce a la villa de Teotepeque, con la prolongación del lindero de propiedad de las parcelas: trescientos

    sesenta y seis y ochenta y seis, lugar donde se ubica el punto número dos, con una...

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