Otórgase Pensión Vitalicia A Favor Del Señor Juan Antonio Merlos Cabrera
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO N¼ 586
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,
CONSIDERANDO:
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Que el seor Juan Antonio Merlos Cabrera, es un destacado futbolista
salvadoreo, que milit en equipos de ftbol del balompi nacional, tales como
Racing, Dragn, Club Deportivo çguila y Municipal Limeo, adems form parte
de la Seleccin Nacional de El Salvador, habindose convertido en campen del
Torneo Centroamericano y del Caribe; asimismo, ha sido director tcnico de
primera y segunda divisin del futbol nacional, dentro de los cuales entren a
equipos como Municipal Limeo, Luis çngel Firpo, Santiagueo y Liberal de
Quelepa.
-
Que su vida es un gran ejemplo de lucha y perseverancia para vencer las
adversidades que el destino le depara a cada ser humano, sin embargo, en la
actualidad atraviesa por una situacin econmica que le imposibilita poder cumplir
con sus obligaciones econmicas, ya que es el responsable de llevar el sustento
a su familia.
-
Que por las razones antes expuestas, y como un reconocimiento del pueblo
salvadoreo a su ardua labor al heredar un legado deportivo a las actuales y
futuras generaciones, por su dedicacin a la mxima expresin deportiva
principalmente el ftbol, es procedente otorgarle una pensin vitalicia de dos
salarios mnimos.
POR TANTO,
en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Lorena Guadalupe Pea
Mendoza, Inmar Rolando Reyes, Sonia Margarita Rodrguez Sigenza, Ramn Arstides Valencia Arana,
Carmen Elena Caldern de Escaln, Jos Francisco Merino Lpez, Norma Fidelia Guevara de Ramirios,
Orestes Fredesman Ortez Andrade, Mariela Pea Pinto, Donato Eugenio Vaquerano Rivas, Guillermo
Antonio Gallegos Navarrete, Jos Nelson Guardado Menjvar, Mario Antonio Ponce Lpez, Rodolfo Antonio
Parker Soto y Douglas Leonardo Meja Avils.
DECRETA:
equivalente a dos (2) salarios mnimos mensual vigente, correspondiente a los sectores industria, comercio
y servicio, los cuales se debern ajustar en la misma proporcin en que se...
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