Reformas constitucionales a conveniencia (parte II)

Fecha de publicación01 Abril 2024
Centro de Estudios Jurídicos
Por el Imperio del Derecho
En la columna de la semana pasada señalamos que una reforma constitucional, a estas alturas del año 2024, ya se encuentra fuera de tiempo. La finalidad de que sea una Asamblea Legislativa la que apruebe el acuerdo de reforma y sea la siguiente conformación de la Asamblea la que la ratifique es que el electorado tenga la oportunidad de participar avalando o rechazando dicha reforma a través de su voto para diputados de la Asamblea Legislativa y el apoyo o rechazo que ellos hayan manifestado previamente. Así, la ciudadanía no es simple espectador de las reformas, sino un partícipe activo.
La Asamblea Legislativa para el periodo 2021 - 2024 ha agotado su legitimidad, ya solo cuenta con un mes de funciones y su labor, hoy por hoy, debería estar enfocada en la transición hacia un nuevo periodo. En ese sentido, proponer y aprobar una reforma constitucional en el próximo mes solo demostraría que la intención es cambiar la Carta Magna a conveniencia, no para favorecer los derechos de la ciudadanía. Ya hemos establecido que una reforma constitucional en el próximo mes se encuentra fuera de tiempo; ahora, en la presente columna señalaremos por qué una reforma constitucional es innecesaria.
En primer lugar, las reformas propuestas trabajadas por el equipo Ad Hoc conformado por el vicepresidente de la República son un eufemismo para la magnitud del cambio que pretenden implementar. Se trata de una propuesta de reforma a más o menos 200 artículos de la Constitución, de un documento que tiene 249 artículos, por lo que en el fondo no se trata de una reforma, sino que prácticamente de una nueva Constitución.
Uno de los cambios más fuertes propuestos y sobre el que muy poco se ha discutido son los fines del Estado. La Constitución de la República de El Salvador de 1983 tiene un enfoque...

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