Refórmase los Artículos 323, 324, 328, 331 y 350 del Código Procesal Penal.

DECRETO N° 841

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que la Constitución de la República, establece y reconoce el derecho a la libertad, como uno de los derechos de más alto rango fundamental de la persona humana, pues, la libertad es un derecho sagrado e imprescriptible que todos los seres humanos poseen, siempre que actúen respetando la Ley.

  2. Que así mismo la Constitución de la República, establece y reconoce el derecho a la presunción de inocencia, y a gozar de todas las garantías y derechos fundamentales mientras no se demuestre la culpabilidad de la persona.

  3. Que en atención a lo antes mencionado, nuestro ordenamiento jurídico penal vigente, establece excluyentes de responsabilidad penal, que son una herramienta para la defensa de toda clase de bienes jurídicos propios o ajenos.

  4. Que con el objetivo de aplicar de una mejor forma las excluyentes de responsabilidad penal, es que se hace necesario realizar reformas al Código Procesal Penal, para la efectiva protección de los derechos antes citados.

POR TANTO,

en uso de sus facultades Constitucionales y a iniciativa de los Diputados Roberto José d´Aubuisson Munguía, Alberto Armando Romero Rodríguez y Sigifredo Ochoa Pérez.

DECRETA, las siguientes:

REFORMAS AL CODIGO PROCESAL PENAL

Art. 1 Incorpórese como inciso tercero al artículo 323 el siguiente:

201cSi durante la captura en flagrancia, la Policía Nacional Civil dedujere que puede existir una excluyente de responsabilidad penal, pondrá inmediatamente al imputado a la orden de la Fiscalía General de la República.201d

Art. 2 Incorpórese como inciso segundo al artículo 324 el siguiente:

201cEl Fiscal no podrá ordenar la detención administrativa si existen indicios suficientes de la concurrencia de una excluyente de responsabilidad penal. El imputado estará en la obligación de prestar toda la colaboración y estar en la disposición de concurrir al proceso, so pena de ordenarse la detención administrativa. La Fiscalía dispondrá, si considera...

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