Refórmase el D.L. Nº 697/96, que autoriza comodato a favor de la Alcaldía Municipal de Sonsonate

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR

INDICE LEGISLATIVO

DECRETO N¼ 533

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Legislativo N¼ 697, de fecha 9 de mayo de 1996, publicado

    en el Diario Oficial N¼ 97, Tomo N¼ 331, del 28 del mismo mes y a–o, se autoriz—

    al Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Obras Pœblicas, Transporte

    y de Vivienda y Desarrollo Urbano, para que entregara, en calidad de comodato

    y por el plazo de veinte a–os, a la Alcald’a Municipal de Sonsonate, dos inmuebles

    de su propiedad: el PRIMERO, de una extensi—n superficial de DIECISEIS MIL

    CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS

    CUADRADOS (16,456.34 M2), y el SEGUNDO de una extensi—n superficial de UN

    MIL SESENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (1063.41

    M2); los cuales fueron utilizados por Ferrocarriles Nacionales de El Salvador,

    FENADESAL, y que eran administrados por la Comisi—n Ejecutiva Portuaria

    Aut—noma, CEPA, situados en el Barrio El çngel, Final DŽcima Avenida Sur,

    conocida como Avenida JosŽ Carmen Di Pietro y Boulevard Oscar Osorio, de la

    ciudad de Sonsonate; dichos comodatos fueron autorizados respecto del PRIMER

    inmueble, para la construcci—n de una cancha de fœtbol y respecto del SEGUNDO

    inmueble, para la instalaci—n de un museo ferroviario.

  2. Que mediante el Punto DŽcimo (Varios) del Acta 2233, de fecha 19 de mayo de

    2009, la Junta Directiva de la CEPA acord— autorizar que se gestionar‡ ante el

    Ministerio de Obras Pœblicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano la

    modificaci—n del Decreto Legislativo N¼ 697 relacionado en el considerando

    anterior, en el sentido de incorporar la autorizaci—n para que el Estado y Gobierno

    de El Salvador, en el citado Ramo, entregue en comodato a la Alcald’a Municipal

    de Sonsonate, otros dos inmuebles de su propiedad que utiliz— FENADESAL y que

    han sido administrados por CEPA; los cuales para efectos del presente Decreto,

    se denominar‡n TERCERO y CUARTO; siendo el TERCERO, de una extensi—n

    superficial de TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA

    Y NUEVE METROS CUADRADOS (3,645.59 M2), y el CUARTO de OCHO MIL

    OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS

    (8,867.28 M2), los que tambiŽn se encuentran situados en el Barrio El çngel, Final

    DŽcima Avenida Sur, conocida como Avenida JosŽ Carmen Di Pietro y Boulevard

    Oscar Osorio, de la ciudad de Sonsonate, los cuales son adicionales a los ya

    relacionados en el primer considerando del presente Decreto; por lo que los cuatro

    inmuebles hacen en total un ‡rea de TREINTA MIL TREINTA Y DOS PUNTO

    SESENTA Y DOS (30,032.62 M2). Adem‡s, la Junta Directiva de CEPA, autoriz—

    gestionar que los cuatro comodatos se den por el plazo de VEINTICINCO a–os,

    a partir de la firma de los nuevos contratos y modificaciones contractuales, en

    su caso, y modificar el art’culo 2 del mencionado Decreto, en el sentido que los

    cuatro inmuebles ser‡n utilizados para la construcci—n de una plaza pœblica.

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    INDICE LEGISLATIVO

  3. Que dichos inmuebles forman parte de un inmueble general de mayor extensi—n

    superficial, el cual se encontraba inscrito a favor del Estado y Gobierno de El

    Salvador, al nœmero Treinta del Libro Nœmero Doscientos Veinticuatro del Registro

    de la Propiedad, Ra’z e Hipotecas de la Tercera Secci—n de Occidente; sin

    embargo, en la actualidad el inmueble general mencionado, ha sido trasladado

    a varias Matr’culas SIRyC.

  4. Que el Consejo de Ministros por medio del Punto Cuatro, letra H), de la Sesi—n

    Nœmero DIEZ, celebrada el d’a veintisiete de septiembre de dos mil diez, autoriz—

    al Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Obras Pœblicas, Transporte

    y de Vivienda y Desarrollo Urbano, para que ampliara de VEINTE A VEINTICINCO

    A„OS el plazo de los comodatos de los inmuebles denominados: PRIMERO de

    una extensi—n total de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS

    PUNTO TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (16,456.34 M2); y SEGUNDO

    de una extensi—n total de UN MIL SESENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y UN

    METROS CUADRADOS (1,063.41 M2); en consecuencia, entregar‡, en calidad de

    comodato, por el plazo de veinticinco a–os, a la Municipalidad de Sonsonate, los

    inmuebles denominados: TERCERO de una extensi—n superficial de TRES MIL

    SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y NUEVE METROS

    CUADRADOS (3,645.59 M2), y CUARTO, de una extensi—n superficial de OCHO

    MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO METROS

    CUADRADOS (8,867.28 M2), y cambiar‡ la finalidad de los inmuebles denominados

    PRIMERO y SEGUNDO, ya que los cuatro inmuebles ser‡n utilizados por la citada

    Alcald’a para que se construya en Žstos una plaza pœblica.

  5. Que de conformidad al Art’culo 233 de la Constituci—n de la Repœblica, los bienes

    ra’ces de la Hacienda Pœblica y los de uso pœblico, s—lo podr‡n donarse, darse

    en comodato, arrendamiento y usufructo con...

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